Newsletter
Suscríbete a nuestro Newsletter y entérate de las últimas novedades.
La FNE aprobó en Fase I, de manera pura y simple, la operación de control consistente en la adquisición por parte de Copec y Complemento Filiales de la totalidad de las acciones emitidas por Inversiones Blue Spa CPA y sus filiales.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Transporte
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F328-2022
Fecha Notificación
30-09-2022
Fecha Inicio Investigación
11-11-2022
Fecha Decisión
20-12-2022
Adquisición de control en Inversiones Blue SpA CPA y filiales por parte de Copec S.A. y otra
Vertical
Letra b)
Transporte/Combustibles
Aprobación pura y simple en Fase I
No se utilizaron.
Desde Notificación a Inicio de Investigación
42 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
39 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
La Fiscalía señaló que las Partes superponen sus actividades verticalmente en la comercialización de combustibles y en la entrega de servicios de fulfillment y “Última Milla”, considerando que el combustible es un insumo necesario para la actividad que realiza la empresa de transporte. Con todo, la FNE no estimó necesario establecer una definición precisa de estos mercados relevantes, dado que las conclusiones del informe no varían en relación a adoptar una u otra aproximación.
La FNE optó por dejar abierta esta definición (aunque reconociendo que en investigaciones previas asociadas a este mercado del producto, el mercado geográfico se ha definido en base a radios (de 3-5 kilómetros) e isócronas.
La FNE analizó si la operación podría generar riesgos verticales en: (i) los combustibles líquidos como insumo para el segmento de servicios de fulfillment y Última Milla; y (ii) el servicio de fulfillment y Última Milla como prestación necesaria para la provisión minorista de combustibles líquidos en estaciones de servicio. Para ello, examinó si la operación podría aumentar la habilidad de las Partes para ejecutar estrategias exclusorias.
Respecto al bloqueo de insumos a empresas de fulfillment y Última Milla competidoras, la FNE señaló que si bien Copec es el principal actor en la provisión de combustibles líquidos a nivel minorista, el combustible es un bien homogéneo para las empresas Última Milla, lo cual permite que los competidores aguas abajo puedan seleccionar un proveedor alternativo equivalente sin un mayor costo de cambio.
Junto con ello, un alto porcentaje de los servicios Última Milla de Blue Express se realizan con vehículos ajenos a la empresa, situación que se repite en empresas como Starken y Correos de Chile. Por ello, para ejecutar una estrategia de bloqueo de insumos efectiva, la entidad resultante debería no solo bloquear el suministro a los competidores de Blue Express, sino también excluir a la infinidad de transportistas que prestan servicios a sus empresas competidoras.
Por estos motivos, la FNE estimó que la entidad fusionada no contará con la habilidad o incentivos para llevar a cabo estrategias restrictivas a la competencia aguas abajo.
En cuanto al bloqueo de insumos de los servicios de fulfillment y Última Milla a empresas de combustible competidoras, la Fiscalía señaló que no todas las empresas tercerizan los servicios de fulfillment, además de que existen competidores de Blue Express capaces de ofrecer estos servicios en condiciones equivalentes, como Chilexpress y Cargo Trader. Respecto al servicio Última Milla, la FNE mencionó que en el mercado existen al menos tres actores alternativos que cuentan con la capacidad para realizar estos servicios con una cobertura nacional y ofreciendo un servicio equiparable al de Blue Express. Por lo que no se observa que la entidad resultante pueda contar con la habilidad e incentivos para ejercer este tipo de bloqueos.
Respecto al bloqueo de clientes a empresas de combustible competidoras de Copec, la Fiscalía descartó la existencia de este riesgo, dado que Blue Express es un cliente de muy menor entidad en la adquisición de combustibles líquidos. Descartó también la existencia de habilidad e incentivos para ejecutar un bloqueo de clientes a empresas de fulfillment y Última Milla competidoras. Ello pues estos servicios son fácilmente internalizados por las empresas, además de tratarse de una prestación accesoria que actualmente implica costos marginales.
Por último, pese a que el controlador de COPEC participa en diversas industrias y mercados (p. ej., pesquero y forestal), las Partes no superponen sus actividades, por lo que, en palabras de la Fiscalía, se pueden descartar riesgos de conglomerado.
Por estos motivos, la Fiscalía aprobó la operación de concentración de manera pura y simple, por no resultar apta para reducir sustancialmente la competencia.
N/A.