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Resumen: La notificación de operaciones de concentración ante la Fiscalía Nacional Económica es obligatoria sólo si las empresas involucradas superan ciertos umbrales de ventas, tanto a nivel individual como conjunto. Replicar la metodología de la FNE para ajustar los umbrales permite concluir que un aumento del umbral de ventas anuales individuales y conjuntos de las empresas involucradas desde UF 450.000 hasta UF 504.000 y desde UF 2.500.000 hasta UF 3.170.000, respectivamente, se encuentra en el límite superior del intervalo de confianza determinado por la relación internacional entre el PIB y los umbrales de ventas. Dado que, de todos modos, la FNE tiene la facultad de investigar aquellas operaciones que no superen los umbrales, un aumento en dichos valores no aumentaría el riesgo de no poder analizar operaciones que puedan generar efectos en la intensidad competitiva. Por último, es importante realizar el análisis considerando los dos criterios objetivos seleccionados por la FNE: las ventas de las operaciones problemáticas –ejercicio que solamente puede ser realizado por la FNE– y el intervalo de confianza obtenido de la relación internacional entre el PIB y los umbrales.
DESCARGAR INVESTIGACIÓN«Los resultados de esta actualización permiten concluir que un aumento hasta UF 504.000 en el umbral individual y hasta UF 3.170.000 en el umbral conjunto se encuentra en el límite superior del intervalo de confianza, determinado por la relación internacional entre el PIB y los umbrales de ventas (…) ajustar los umbrales a la realidad económica del país permite optimizar el uso de los recursos de la FNE, enfocándolos en aquellas transacciones con mayor potencial de afectar la intensidad competitiva en los mercados. A la vez, permite agilizar el perfeccionamiento de aquellas operaciones que no tienen un impacto competitivo en los mercados»