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Consulta sobre Norma Técnica de la Comisión Nacional de Energía: ¿Cuida realmente la libre competencia?

11.02.2026
CeCo Chile
5 minutos
Clave
  • El 16 de septiembre de 2025, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia recibió una consulta de la ADI y la CChC para determinar si la Norma Técnica de Calidad de Servicio para Sistemas de Distribución (2024) de la CNE vulnera la libre competencia. Ante esto, la Fiscalía Nacional Económica advirtió que dicha normativa, que regula la conexión a la red eléctrica, genera riesgos de discrecionalidad, asimetría de información y conflictos de interés, proponiendo medidas obligatorias de transparencia, estandarización y una fiscalización más rigurosa.

 

Key
  • On September 16, 2025, the Court for the Defense of Free Competition (TDLC) received a consultation from the ADI and the CChC to determine whether the CNE’s 2024 Technical Standard for Service Quality in Distribution Systems infringes upon free competition. In response, the National Economic Prosecutor’s Office (FNE) warned that this regulation, which governs power grid connections, creates risks of discretion, information asymmetry, and conflicts of interest, subsequently proposing mandatory transparency measures, procedural standardization, and more rigorous oversight.

 

El pasado 19 de diciembre, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) emitió un informe ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) a propósito de la consulta impulsada por la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios A.G. (ADI) y la Cámara Chilena de la Construcción (CChC). El foco de la presentación fue la Norma Técnica de Calidad de Servicio para Sistemas de Distribución Eléctrica de 2024 (NT 2024), emitida por la Comisión Nacional de Energía (CNE). La consulta de ADI y la CChC cuestiona que la NT 2024 no garantice un proceso de conexión eléctrico transparente, objetivo y competitivo, manteniendo discrecionalidad, asimetrías de información, riesgos exclusorios en servicios asociados y una fiscalización insuficiente.

La FNE, luego de examinar la gestión de nuevas conexiones y ampliaciones de suministro de electricidad, subrayó que el carácter de monopolio natural de las distribuidoras requiere una vigilancia especial. Según el informe, la carencia de plazos perentorios y de una fiscalización robusta abre la puerta a conductas que podrían distorsionar la competencia, afectando principalmente a los instaladores eléctricos independientes que operan en este mercado.

Entre los riesgos identificados en el informe se encuentran:

  • Asimetrías de información entre las Empresas de Distribución Eléctrica (EDEs) y solicitantes, las cuales provienen principalmente del hecho que las primeras tendrían acceso privilegiado a información a través del acceso exclusivo a las primeras etapas del proceso.
  • Discrecionalidad en la definición de obras y sus plazos de ejecución, en la medida que las EDEs concentran la facultad de determinar si una conexión requiere obras adicionales y el tiempo que demandará su ejecución. Esto podría traducirse en mayores costos, plazos inciertos y trato desigual entre solicitantes.
  • Falta de transparencia en la elaboración de presupuestos y contratos. Por más de que la Norma Técnica revisada en esta consulta sí tenga medidas de desagregación de presupuestos para evitar opacidad en los procesos, el informe señala que habría déficit en la fiscalización.
  • Conflicto de interés, derivado del ejercicio simultáneo de funciones de certificación y de provisión de servicios potencialmente competitivos por parte de las EDEs.

Ante estos riesgos, la FNE identificó la necesidad de adoptar medidas orientadas a reforzar la transparencia, objetividad y trazabilidad del procedimiento, tales como:

  • Establecer deberes de transparencia y desagregación de presupuestos, para permitir comparabilidad entre oferentes y revisión de costos regulados y no regulados.
  • Uniformar plazos y procedimientos asociados a la tramitación, ejecución y recepción de obras eléctricas, garantizando su cumplimiento mediante una fiscalización efectiva y aplicación de sanciones, en particular por parte de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
  • Regular los plazos máximos y estándares exigibles para la revisión y aprobación de instalaciones ejecutadas por terceros, de modo de reducir la discrecionalidad de las EDEs, sea que éstas ejecuten dichas labores u ocurra a través de la creación de organismos certificadores independientes.
  • Garantizar el acceso abierto a insumos y a información relevante, incluyendo planos de red, bajo condiciones de seguridad razonables.
  • Evitar el uso de información privilegiada obtenida en el contexto del servicio público para competir en mercados conexos, especialmente, mediante la publicación de las solicitudes de factibilidad de servicios recibidas por las EDEs.

Finalmente, además de la Fiscalía, otras organizaciones que entregaron antecedentes fueron la Comisión Nacional de Energía (CNE), el Ministerio de Energía, el Coordinador Eléctrico Nacional y la asociación gremial de Empresas Eléctricas A.G.

Pilar Paredes D.

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