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Evaluación del poder sustancial de mercado en Bolivia: Un análisis de las resoluciones de la AEMP sobre conductas anticompetitivas

26.02.2025
CeCo Bolivia
Emil Jung H. Abogado graduado de la Universidad Privada Boliviana; cuenta con un título de Maestría LLM (Master of Laws) en Análisis Económico del Derecho emitido, de manera conjunta, por la Universidad Erasmo de Rotterdam y la Universidad de Hamburgo; además, cuenta otro título de Maestría MA (Master of Arts) sobre el mismo tema, emitido por la Universidad de Viena. Actualmente, es Asociado en el estudio Dentons Guevara & Gutiérrez. Su práctica se enfoca, principalmente, en defensa de la competencia.

Este artículo examina cómo la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP) de Bolivia determina la existencia de poder sustancial de mercado en investigaciones sobre conductas anticompetitivas relativas. A través del análisis de varias resoluciones administrativas emitidas por la AEMP, se identifican los factores clave utilizados para evaluar el poder de mercado, tales como la participación en el mercado relevante, las barreras de entrada, las cuotas de mercado de competidores y la capacidad de fijar precios unilateralmente. Se destaca el uso de herramientas como el Índice Herfindahl Hirschman (HHI) y el examen SSNIP, así como la consideración de los comportamientos recientes de las empresas investigadas. El estudio revela que, en varios casos, la AEMP ha centrado su análisis principalmente en la participación de mercado, sin abordar todos los elementos previstos en la Resolución Ministerial No. 190 (Ministerio de Producción y Microempresa, 2008), resolución que indica los elementos a tomar en cuenta en este tipo de indagaciones. Además, se observa que la AEMP ha realizado distinciones entre poder de mercado y poder de dominio en algunos casos, y en otros, ha evaluado el poder de mercado de manera diferenciada según los “niveles” del mercado relevante. Las conclusiones indican que, aunque la participación de mercado es un factor preponderante en la determinación del poder de mercado, la AEMP no siempre realiza una evaluación integral de todos los criterios económicos y legales disponibles para valorar el poder sustancial de mercado en Bolivia.

“es posible concluir que la participación de mercado es un elemento prominente para la determinación de poder de mercado, a ojos de la AEMP. Inclusive, en más de una ocasión ha sido el único elemento evaluado para concluir la existencia de poder de mercado”.

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