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La CRPI sancionó CLOROX DEL ECUADOR S.A por cometer actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, al utilizar en su producto y publicidad la frase: “Para todo tipo de telas”, afirmación que se acompañaba con un disclaimer al reverso del envase, señalando que el producto no era apto para tres tipos de tejidos, lo cual constituye una contradicción que produce por objeto la inducción a engaño del consumidor.
Autoridad
Comisión de Resolución de Primera Instancia (CRPI)
Conducta
Competencia desleal
Resultado
Sanción
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