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La FNE aprobó pura y simplemente la operación de concentración consistente en la adquisición por parte de Apollo Global Management LLC, a través de sus vehículos de adquisición de Aspen Insurance Holdings Limited.
Autoridad
Fiscalía Nacional Económica
Actividad económica
Financiero
Conducta
Fusión o concentración
Resultado
Aprobación pura y simple
Rol FNE
F166-2018
Fecha notificación
16-11-18
Fecha inicio investigación
30-11-18
Fecha decisión
02-01-19
Operación de Concentración entre Aspen y Apollo
Operación sin traslape
Letra b)
Servicios financieros
Aprobación pura y simple en Fase I
Bloomberg, 20 de diciembre de 2018; ranking global de S&P “Global Reinsurance Highlights 2018”; y ranking de Reinsurance News para el año 2017
Desde Notificación a Inicio de Investigación
14 días corridos
Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación
33 días corridos
Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.
En su análisis, la FNE distinguió entre la provisión de seguros y reaseguros “vida” y “no-vida”. Respecto a los reaseguros, la autoridad explicó que consisten en asegurar –total o parcialmente– los riesgos de las compañías de seguros, tanto en seguros de “vida” como en seguros generales o “no-vida”. Según lo especificado por la FNE, el reaseguro se puede contratar a través de una compañía nacional de reaseguro o a través de corredores de reaseguro nacionales o extranjeros.
La FNE señaló que en decisiones anteriores ha considerado que el mercado de seguros tendría un carácter nacional.
Respecto al mercado de reaseguros, la autoridad afirmó que se ha considerado que existe una escasa importancia de contar con presencia local para la provisión de dicha actividad, por lo que en principio podría tener un alcance geográfico global.
La FNE descartó la existencia de traslapes entre las actividades de las partes. En efecto, no existiría un traslape horizontal en la oferta de reaseguros tanto “vida” como “no-vida”, porque a nivel global el grupo Apollo solo proveía reaseguros “vida”, mientras que Aspen sólo ofrecía reaseguros “no-vida”. Además, únicamente Aspen aseguraba y reaseguraba a clientes en Chile, por lo que tampoco existiría un traslape entre las partes en el mercado nacional de seguros.
La FNE especificó que aún cuando se considerara que los segmentos “vida” y “no-vida” son parte del mismo mercado, la participación de Aspen en el mercado global no le alcanzaba para posicionarse entre las 10 mayores compañías a nivel mundial. De manera similar, Apollo tampoco se encontraría entre las 10 mayores empresas de reaseguros a nivel mundial.
Respecto a la relación vertical existente entre los seguros y reaseguros, la FNE no detectó ninguna con efectos en Chile, porque las partes no se encuentran activas en la provisión de seguros “vida” en el país. Además, si bien Aspen participaba en Chile en seguros “no-vida”, Apollo no reaseguraba este segmento.
Mediante la operación, Aspen podría alcanzar todo su potencial, utilizando la experiencia en gestión de Apollo. Asimismo, para Apollo la operación representa una oportunidad de inversión en seguros de especialidad y reaseguros.
N/A
Fiscalía Nacional Económica:
Comisión Europea: