CBS Holding / Neosecure | Centro Competencia - CECO
Operación de concentración

CBS Holding / Neosecure

La FNE aprobó pura y simplemente la adquisición de Ingeniería y Asesorías en Computación y Comunicaciones Neosecure S.A. y otros por parte de CBS Holding S.A, descartando riesgos verticales vinculados a un posible bloqueo de insumos o cierre de clientes.

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Otros

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación pura y simple

Información Básica

Rol FNE

F275-2021

Fecha notificación

23-04-21

Fecha inicio investigación

18-05-21

Fecha decisión

29-06-21

Carátula

Adquisición de control en Ingeniería y Asesorías en Computación y Comunicaciones Neosecure S.A. y otros por parte de CBS Holding S.A

Partes

CBS Holding S.A. (CBS): vehículo de inversión brasilero parte de Pátria Investimentos Ltd. (Grupo Patria), gestor de activos financieros e inversiones en América Latina, con presencia en Chile a través de varias empresas, entre ellas, Odata Chile S.A. (Odata), un proveedor de servicios de infraestructura de tecnologías de la información por medio de data centers para el almacenamiento de datos en equipos electrónicos, que proyecta estar operativa en Chile en el corto plazo.

Inversiones Santa María SpA (Santa María): sociedad chilena dedicada a la realización y tenencia de inversiones, entre otras actividades relacionadas.

Opal Properties B.V.(Opal) y Global Epicarmo S.L.U (Epicarmo): vehículos de inversión del Grupo Rohatyn, un gestor de activos global con inversiones en Chile y América Latina, actual accionista mayoritario de las sociedades objeto, conocidas bajo la marca comercial Neosecure. Las sociedades objeto, son agentes económicos chilenos proveedores de soluciones y servicios de seguridad informática o ciberseguridad y servicios de asistencia gestionada.

Operación

Venta del X% de las acciones de Neosecure, pertenecientes a Inversiones Santa María, Opal, y Epicarmo a CBS, pasando las sociedades objeto a estar sujetas a la influencia decisiva exclusiva del comprador.

Tipo de Operación:

Operación vertical

Artículo 47 DL 211:

letra b)

Actividad económica:

Otro

Decisión final:

Aprobación pura y simple en fase I

Bases de datos externas utilizadas:

N/A

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

25 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

42 días corridos

Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.

Mercado Relevante

Mercados relevantes del producto:

La Fiscalía asumió como referencia los segmentos de seguridad informática o ciberseguridad y todos los centros de almacenamiento de datos (data centers), sin que ello constituyera una definición precisa del mercado relevante.

Mercado relevante geográfico:

Tomando como referencia investigaciones anteriores, la Fiscalía consideró el segmento de seguridad informática o ciberseguridad bajo un alcance nacional.

En cuanto al alcance geográfico de los data centers, la Fiscalía determinó que éste podía quedar abierto. Sin embargo, consideró como referencia un alcance local que sólo incluye a la Región Metropolitana, dada la importancia de la “latencia” -distancia física entre el usuario y lugar donde se almacena el contenido- que afecta el tiempo que demora en transferirse ese contenido cuando las distancias son demasiado extensas.

Análisis Competitivo

Riesgos Verticales

De acuerdo con la Fiscalía, la operación configuraría, en el corto plazo, una relación vertical entre los segmentos en que participan Neosecure y Odata, considerando que la provisión de servicios de seguridad informática o ciberseguridad requiere como insumo del almacenamiento de servidores en data centers. Sin embargo, la FNE descartó la habilidad de las partes para llevar a cabo estrategias anticompetitivas de carácter vertical, tanto de cierre de insumos como de cierre de clientes.

En cuanto a un potencial bloqueo de clientes, de acuerdo con la Fiscalía, el uso de data centers por parte de agentes económicos activos en servicios de seguridad informática o ciberseguridad representa una porción marginal del volumen total comercializado por dichas empresas. Por ende, según la FNE, la operación no conllevaría la concentración de una participación relevante en la demanda de servicios de data center por parte de Odata, que pudiese permitir a las partes llevar a cabo un bloqueo de clientes.

De manera similar, la Fiscalía descartó la posibilidad que las partes incurran en un potencial bloqueo de insumos, atendida la baja relevancia del servicio de data center para las empresas de ciberseguridad. De acuerdo con la FNE, éste no correspondería a un insumo estratégico y representa un porcentaje muy bajo de sus costos, por lo que la operación no concede a las partes la aptitud para perjudicar competitivamente a los agentes económicos que ofrecen servicios de ciberseguridad por medio de una estrategia de bloqueo de insumos. Además, existiría la posibilidad de internalizar el servicio de data center por parte de las empresas de ciberseguridad.

Finalmente, la FNE indica que, la presencia de múltiples oferentes en el país, tanto en la oferta de servicios de ciberseguridad como en la oferta de infraestructura en data centers, mitigaría potenciales efectos anticompetitivos, toda vez que las partes enfrentarían disciplina competitiva suficiente, de perfeccionarse la operación.

En consecuencia, la FNE descartó que la operación fuera apta para reducir sustancialmente la competencia.

Medidas de mitigación

N/A

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Autores

CeCo UAI