Inversiones Blue / Fondo de Inversión Privado BX / Copec / Complemento Filiales | Centro Competencia - CECO
Operación de concentración

Inversiones Blue / Fondo de Inversión Privado BX / Copec / Complemento Filiales

La FNE aprobó en Fase I, de manera pura y simple, la operación de control consistente en la adquisición por parte de Copec y Complemento Filiales de la totalidad de las acciones emitidas por Inversiones Blue Spa CPA y sus filiales.

Autoridad

Fiscalía Nacional Económica

Actividad económica

Transporte

Conducta

Fusión o concentración

Resultado

Aprobación pura y simple

Información Básica

Rol FNE

F328-2022

Fecha Notificación

30-09-2022

Fecha Inicio Investigación

11-11-2022

Fecha Decisión

20-12-2022

Carátula

Adquisición de control en Inversiones Blue SpA CPA y filiales por parte de Copec S.A. y otra

Partes

Fondo de Inversión Privado BX, Inversiones Blue SpA (Vendedores): grupos empresariales cuyas sociedades miembros se dedican a diversos servicios financieros, incluyendo reestructuraciones de capital, gestión patrimonial y adquisición de fondos. Dentro del grupo se encuentra Inversiones Blue SpA CPA y sus filiales (todas, “Blue Express”) dedicadas a la prestación de servicios de logística y de transporte.

Copec S.A. y Complemento Filiales SpA (Compradores): Holding empresarial con presencia en múltiples y diversas industrias. Respecto a COPEC S.A., ésta participa en la comercialización de combustibles, lubricantes y servicios afines y complementarios, incluyendo la compra, venta, explotación, industrialización y transporte de hidrocarburos, sus derivados y compuestos directos e indirectos.

Operación

Adquisición de la totalidad de las acciones emitidas por Inversiones Blue SpA CPA y sus filiales por parte de Copec S.A. y Complemento Filiales SpA.

Tipo de Operación:

Vertical

Artículo 47 DL 211:

Letra b)

Actividad económica:

Transporte/Combustibles

Decisión final:

Aprobación pura y simple en Fase I

Bases de datos externas utilizadas:

No se utilizaron.

Plazos

Desde Notificación a Inicio de Investigación

42 días corridos

Desde Inicio de Investigación hasta Aprobación

39 días corridos

Plazos se contabilizan en días corridos y no hábiles como dispone la ley. Tampoco se consideran suspensiones.

Mercado Relevante

Mercados relevantes del producto:

La Fiscalía señaló que las Partes superponen sus actividades verticalmente en la comercialización de combustibles y en la entrega de servicios de fulfillment y “Última Milla”, considerando que el combustible es un insumo necesario para la actividad que realiza la empresa de transporte. Con todo, la FNE no estimó necesario establecer una definición precisa de estos mercados relevantes, dado que las conclusiones del informe no varían en relación a adoptar una u otra aproximación.

Mercado relevante geográfico:

La FNE optó por dejar abierta esta definición  (aunque reconociendo que en investigaciones previas asociadas a este mercado del producto, el mercado geográfico se ha definido en base a radios (de 3-5 kilómetros) e isócronas.

Análisis Competitivo

La FNE analizó si la operación podría generar riesgos verticales en: (i) los combustibles líquidos como insumo para el segmento de servicios de fulfillment y Última Milla; y (ii) el servicio de fulfillment y Última Milla como prestación necesaria para la provisión minorista de combustibles líquidos en estaciones de servicio. Para ello, examinó si la operación podría aumentar la habilidad de las Partes para ejecutar estrategias exclusorias.

Respecto al bloqueo de insumos a empresas de fulfillment y Última Milla competidoras, la FNE señaló que si bien Copec es el principal actor en la provisión de combustibles líquidos a nivel minorista, el combustible es un bien homogéneo para las empresas Última Milla, lo cual permite que los competidores aguas abajo puedan seleccionar un proveedor alternativo equivalente sin un mayor costo de cambio.

Junto con ello, un alto porcentaje de los servicios Última Milla de Blue Express se realizan con vehículos ajenos a la empresa, situación que se repite en empresas como Starken y Correos de Chile. Por ello, para ejecutar una estrategia de bloqueo de insumos efectiva, la entidad resultante debería no solo bloquear el suministro a los competidores de Blue Express, sino también excluir a la infinidad de transportistas que prestan servicios a sus empresas competidoras.

Por estos motivos, la FNE estimó que la entidad fusionada no contará con la habilidad o incentivos para llevar a cabo estrategias restrictivas a la competencia aguas abajo.

En cuanto al bloqueo de insumos de los servicios de fulfillment y Última Milla a empresas de combustible competidoras, la Fiscalía señaló que no todas las empresas tercerizan los servicios de fulfillment, además de que existen competidores de Blue Express capaces de ofrecer estos servicios en condiciones equivalentes, como Chilexpress y Cargo Trader. Respecto al servicio Última Milla, la FNE mencionó que en el mercado existen al menos tres actores alternativos que cuentan con la capacidad para realizar estos servicios con una cobertura nacional y ofreciendo un servicio equiparable al de Blue Express. Por lo que no se observa que la entidad resultante pueda contar con la habilidad e incentivos para ejercer este tipo de bloqueos.

Respecto al bloqueo de clientes a empresas de combustible competidoras de Copec, la Fiscalía descartó la existencia de este riesgo, dado que Blue Express es un cliente de muy menor entidad en la adquisición de combustibles líquidos. Descartó también la existencia de habilidad e incentivos para ejecutar un bloqueo de clientes a empresas de fulfillment y Última Milla competidoras. Ello pues estos servicios son fácilmente internalizados por las empresas, además de tratarse de una prestación accesoria que actualmente implica costos marginales.

Por último, pese a que el controlador de COPEC participa en diversas industrias y mercados (p. ej., pesquero y forestal), las Partes no superponen sus actividades, por lo que, en palabras de la Fiscalía, se pueden descartar riesgos de conglomerado.

Por estos motivos, la Fiscalía aprobó la operación de concentración de manera pura y simple, por no resultar apta para reducir sustancialmente la competencia.

Medidas de mitigación

N/A.

Casos relacionados

Fiscalía Nacional Económica

Autores

CeCo UAI