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TDLC resuelve que la ejecución de las Resoluciones dictadas por la Subtel respecto del uso y goce de la banda de frecuencias 3.400-3.600 MHz, no infringe la Resolución de la Comisión Resolutiva ni la normativa de libre competencia, en la medida que se interprete que el regulador no puede eximir a los actuales concesionarios de dicha banda de participar en futuros concursos. Además, determinó que las eventuales ventajas de primer jugador que tendrían Entel y Claro por implementar infraestructura compatible con 5G a nivel nacional en la Banda 3.5 no son significativas.
Autoridad
Tribunal de Defensa de Libre Competencia
Actividad económica
Telecomunicaciones
Conducta
Licitación
Acto de autoridad
Resultado
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