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Abstract: El artículo aborda las recientes reformas a la ley de competencia ecuatoriana, relativas a abusos unilaterales (artículo 9), acuerdos anticompetitivos (artículo 11) y objeto de la ley (artículo 1), y critica la decisión de alejar la normativa antimonopolio local de los lineamientos del derecho comunitario europeo.
«En este punto, es pertinente agregar que tanto la historia legislativa, estructura y texto de la LORCPM, como la práctica uniforme y constante de la SCE, (…) dejan claro que el principal insumo para la interpretación de las normas nacionales de competencia es la jurisprudencia europea comunitaria sobre la materia. De esta manera, más allá de la indiscutible autoridad persuasiva de los precedentes en cuestión, es evidente que la convergencia con el derecho antimonopolio europeo se erige como la principal fuente de seguridad jurídica y predictibilidad en el derecho nacional.»
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