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(07.10.2026) La Fiscalía Nacional Económica («FNE») archivó la investigación Rol N° 2626-20, iniciada en octubre de 2020 para determinar si Cencosud, SMU, Walmart y Tottus habrían incurrido en conductas colusorias (al respecto, ver Glosario CeCo: Colusión) similares a las sancionadas en el caso de los pollos frescos, respecto de trece categorías de productos, entre ellas carnes de cerdo y pavo, detergentes, papel higiénico, lácteos, vinos, cervezas y bebidas. La investigación tuvo su origen en lo resuelto por la Corte Suprema en abril de 2020, que, al confirmar la condena de las cadenas en la causa Rol C N° 304-2016, encomendó a la Fiscalía examinar si otros mercados o productos ameritaban medidas correctivas o prohibitivas. Tras revisar más de 500 mil correos electrónicos y 1,4 millones de documentos, además de los reportes anuales de cumplimiento y las auditorías que las cadenas debían realizar en virtud de la Sentencia N° 167/2019, la FNE no encontró nuevos antecedentes que dieran cuenta de infracciones al artículo 3° letra a) del DL 211 y que justificaran un nuevo requerimiento. Con todo, la Fiscalía precisó que el archivo no limita su facultad de monitorear estos mercados ni de abrir nuevas investigaciones si surgen nuevos antecedentes (al respecto, ver: FNE).
(07.10.2026) El Tribunal del Consejo Administrativo de Defensa Económica («CADE») rechazó el recurso de aclaración interpuesto por la Asociación de Productores de Soja y Maíz de Mato Grosso («Aprosoja/MT») y mantuvo la extinción inmediata del proceso administrativo relativo a la Moratoria de la Soja, acuerdo sectorial mediante el cual las empresas comercializadoras se comprometieron a no adquirir soja proveniente de áreas deforestadas de la Amazonía. La extinción había sido ordenada por el Supremo Tribunal Federal («STF»), en cumplimiento de lo resuelto con efecto vinculante en las acciones directas de inconstitucionalidad N° 7.774 y 7.775. El consejero relator, José Levi Mello do Amaral Júnior, estimó que la decisión no presentaba omisiones, oscuridades ni contradicciones, y que el recurso tenía fines dilatorios, pues buscaba impedir o retrasar el cumplimiento de la decisión del STF. Por ello, el Tribunal impuso a Aprosoja/MT una multa de R$250.000, que podrá aumentar en caso de reiteración (al respecto, ver: CADE).
(08.10.2026) La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de queja (al respecto, ver Glosario CeCo: Recurso de queja) interpuesto por la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios («Conadecus») en contra de lo resuelto por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia («TDLC») en el expediente de recomendación normativa sobre límites a los grandes conglomerados económicos. En su resolución de septiembre, el TDLC descartó proponer restricciones a la estructura y propiedad de los grupos, como las sociedades en cascada o las participaciones cruzadas entre el mercado financiero y el real, por estimarlas desproporcionadas y carentes de suficiente sustento técnico, aunque recomendó al Ejecutivo crear un Registro de Grupos Económicos que permita identificar a sus beneficiarios finales. Conadecus alegó que el TDLC actuó de forma arbitraria y vulneró el debido proceso al denegar diligencias probatorias. La Corte, sin embargo, sostuvo que, conforme al artículo 27 del DL 211, el recurso de reclamación procede solo contra las sentencias definitivas que impongan o absuelvan de las medidas del artículo 26, por lo que la queja no podía prosperar. Con este fallo se cierra la última vía judicial intentada por Conadecus (al respecto, ver: La Tercera).
(13.10.2026) La Comisión Nacional Antimonopolio («CNA») autorizó la venta de la totalidad de las acciones que Telefónica posee en las sociedades que integran su negocio en México, que opera bajo la marca Movistar, a Melisa Acquisition, consorcio liderado por OXIO y Newfoundland Capital Management. La operación, acordada en abril de 2026 por US$450 millones, deberá concretarse dentro de los seis meses siguientes. Esta venta se suma a las desinversiones que Telefónica ha realizado desde 2025 en Argentina, Perú, Uruguay, Ecuador, Colombia y Chile, con lo que la compañía solo mantendrá presencia en Brasil y Venezuela dentro de Latinoamérica (al respecto, ver: DF).
(15.10.2026) Los días 14 y 15 de octubre se realizó en Buenos Aires el Foro Latinoamericano y del Caribe de Competencia («FLACC») 2026, organizado por la Autoridad Nacional de la Competencia («ANC») junto con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos («OCDE») y el Banco Interamericano de Desarrollo («BID»). El encuentro reunió a representantes de autoridades de competencia y organismos internacionales, y abordó la aplicación del derecho de la competencia en mercados informales, la revisión por pares del derecho y la política de competencia de Colombia, la resolución temprana de casos de carteles en la región, la relación entre competencia e inversión extranjera directa y las tendencias de la política de competencia en Latinoamérica y el Caribe. Por Chile, participaron el Fiscal Nacional Económico Jorge Grunberg, el presidente del TDLC Nicolás Rojas y el Director de CeCo Felipe Irarrázabal (al respecto, ver: Argentina.gob.ar).
(10.10.2026) La División Antimonopolio del Departamento de Justicia de Estados Unidos (“DOJ”) inició una investigación para determinar si las cadenas ABC, CBS, CNN, Fox y NBC infringieron la Sherman Act al suspender de forma conjunta su participación en el pool de prensa televisivo. Este es el sistema mediante el cual las cadenas se turnan para cubrir los eventos y viajes del presidente y comparten las imágenes con otros medios. La suspensión se adoptó en solidaridad con CNN, MSNOW y Politico, a quienes la Casa Blanca revocó sus credenciales de prensa a mediados de septiembre, aduciendo que ciertas publicaciones amenazaban la seguridad nacional y faltaban a los estándares de profesionalismo. Según una vocera del DOJ, “los boicots colectivos entre competidores comerciales pueden infringir la Sherman Act” (al respecto, ver Glosario CeCo: Acuerdos y prácticas concertadas). Sin embargo, el DOJ no ha precisado de qué modo la suspensión configuraría una infracción. En paralelo, un tribunal federal ordenó restituir provisionalmente las credenciales de los tres medios afectados (al respecto, ver: CBS News).
(05.10.2026) La Oficina de Competencia y Protección del Consumidor de Polonia («UOKiK») formuló cargos contra cuatro sociedades del grupo Google (Alphabet Inc., Google LLC, Google Ireland Limited y Google Poland) por un presunto abuso de posición dominante (al respecto, ver Glosario CeCo: Abuso de posición dominante) en las negociaciones con editores de prensa polacos sobre la remuneración por el uso de sus contenidos en Google Search, Google News y Google Discover. Tras la incorporación en 2024 de la Directiva europea sobre derechos de autor en el mercado único digital a la legislación polaca, Google debía acordar con los editores las condiciones de uso de dichos contenidos y el pago correspondiente. Según la UOKiK, Google no entregó la información necesaria para evaluar sus ofertas, lo que impidió a los editores verificar dichas ofertas y formular contraofertas fundadas. La autoridad precisó que no evalúa el monto ofrecido, que en caso de desacuerdo puede ser fijado por la Oficina de Comunicaciones Electrónicas («UKE»), sino la conducta de Google durante las negociaciones. De confirmarse la infracción, Google arriesga una multa de hasta el 10% de su facturación (al respecto, ver: UOKiK).
(07.10.2026) El Gobierno de Alemania prohibió, en el marco de su régimen de control de inversiones extranjeras, la adquisición del 80% de la empresa logística Konrad Zippel por parte de la naviera estatal china Cosco. Zippel transporta contenedores entre los puertos de Hamburgo y Bremerhaven y el interior del país por carretera, ferrocarril y vías fluviales, y movilizó cerca de 205.000 TEU en 2024. De acuerdo con la prensa alemana, la preocupación se centró en el papel de la empresa en la logística del sector defensa y de la OTAN, así como en el riesgo de profundizar la dependencia estratégica de Alemania respecto de China. Cabe destacar que la autoridad de competencia alemana («Bundeskartellamt») había aprobado la operación en febrero, ya que la seguridad nacional excede su ámbito de competencia (al respecto, ver: World Cargo News).
(14.10.2026) La Comisión Europea («Comisión») aceptó y declaró vinculantes los compromisos ofrecidos por Sanofi ante las preocupaciones sobre un posible abuso de posición dominante. Según la Comisión, desde 2024 Sanofi habría desarrollado en Alemania y Francia una campaña de comunicación engañosa dirigida a profesionales de la salud, en la que sostenía que Fluad, vacuna potenciada de su competidor Seqirus, contaba con menor respaldo científico que su vacuna Efluelda, pese a que las autoridades sanitarias de ambos países consideraban comparable la evidencia de ambas. En virtud de los compromisos, hasta marzo de 2030 Sanofi no podrá poner en duda las recomendaciones de los comités nacionales de vacunación ni presentar a Fluad como inferior sin estudios comparativos fiables. Además, durante dos años deberá informar en sus sitios web de Francia y Alemania que ambas vacunas se recomiendan por igual para personas mayores y contactar a los profesionales de la salud alemanes a quienes se había dirigido. En caso de incumplimiento, la Comisión podrá imponer multas de hasta el 10% de su facturación anual (al respecto, ver: Comisión Europea).
(16.10.2026) La Autoridad de Competencia y Mercados del Reino Unido («CMA») propuso designar a Microsoft con estatus de mercado estratégico («SMS», por sus siglas en inglés) respecto de su ecosistema de software empresarial, que incluye productos como Word, Excel, Outlook, Teams y Copilot. En su evaluación preliminar, la CMA constató que Microsoft tiene una posición sólida en sistemas operativos para computadores personales, suites de productividad, software de seguridad, sistemas operativos de servidores y sistemas de gestión de bases de datos relacionales, y que los clientes enfrentan barreras para cambiar de proveedor. La autoridad publicó también una hoja de ruta con posibles intervenciones futuras, centradas en la libertad de elegir herramientas de inteligencia artificial distintas de Copilot, el empaquetamiento de productos de seguridad (al respecto, ver Glosario CeCo: Venta Atada y Empaquetamiento) y las prácticas de licenciamiento en la nube. En paralelo, informó avances en su trabajo con Microsoft y AWS sobre servicios en la nube. Con todo, la designación no implica una infracción, y la decisión final deberá adoptarse a más tardar en febrero de 2027 (al respecto, ver: GOV.UK).
(15.10.2026) En el marco de la Australian Competition Summit, la Comisión Australiana de Competencia y Consumidores («ACCC») dio a conocer los resultados del régimen obligatorio de control de fusiones (al respecto, ver Glosario CeCo: Fusiones), vigente desde el 1 de enero de 2026. Entre julio de 2025, fecha en que comenzó a operar la notificación voluntaria, y septiembre de 2026, la ACCC recibió 271 notificaciones. En Fase 1 aprobó 227 operaciones y condicionó otras 4, mientras que en Fase 2 aprobó una con condiciones y rechazó tres, entre ellas la adquisición de RAC Insurance por parte de IAG. Además, entre enero y septiembre de 2026 recibió 486 solicitudes de exención de notificación, de las cuales aprobó 410. Según la presidenta de la ACCC, Gina Cass-Gottlieb, el nuevo régimen ha dado una visibilidad mucho mayor sobre las adquisiciones y ha revelado procesos de consolidación en servicios médicos, dentales y veterinarios, muchos de ellos impulsados por fondos de inversión que integran pequeños negocios en entidades de mayor tamaño (al respecto, ver: ACCC).
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