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En abril de este año, la plataforma especializada en derecho y economía de la competencia Concurrences, otorgó los “Antitrust Writing Awards” a los mejores artículos académicos sobre libre competencia publicados durante el año 2025. El Comité Editorial de Premios de Concurrences revisó los artículos académicos que se nominaron para la categoría “Best Academic Articles”, seleccionando un conjunto de ganadores por cada sub-categoría (i.e., antitrust general, prácticas concertadas, conductas unilaterales, fusiones, enforcement privado, temas de fronteras y digital).
Esta nota se refiere al artículo “The European Commission’s cartel settlement procedure: An assessment after fifteen years”, de Wouter P. J. Wils (King’s College London), que ganó en la categoría de “Procedimiento”. En el documento, el autor: i) introduce el origen del procedimiento de settlement y sus objetivos, (ii) lo compara con el procedimiento estándar, (iii) detalla la frecuencia con la que ha sido utilizado y, finalmente, iv) analiza si los objetivos planteados en su origen se han cumplido en los últimos quince años. A continuación, examinaremos uno a uno los puntos referidos.
La Comisión Europea creó el procedimiento de settlement en materia de cárteles el 1 de julio de 2008, a través de una enmienda al Reglamento Nº 773/2004 de la Comisión y la Comunicación sobre el desarrollo de los procedimientos de transacción con vistas a la adopción de decisiones, con arreglo al Reglamento (CE) Nº 1/2003 del Consejo en casos de cártel.
Su creación buscaba permitir a la Comisión resolver los casos de carteles en forma más rápida y eficiente, preservando recursos que podrían utilizarse en la investigación de nuevos casos y reduciendo la cantidad de decisiones administrativas impugnadas en sede judicial.
En su origen, sin embargo, el procedimiento de settlement no tenía como objetivo reemplazar el procedimiento estándar, el cual continúa vigente y se diferencia del settlement en que, después de detectar o recibir información sobre la existencia de un cártel y recolectar toda la evidencia disponible acerca del mismo, la Comisión internamente puede decidir proponer a los operadores involucrados la posibilidad de llegar a un acuerdo acerca de los potenciales cargos y el rango del monto de las multas que se les impondrán.
Para evaluar la viabilidad de aplicación del procedimiento, la Comisión usualmente considera factores tales como el número de operadores involucrados o las posibles discrepancias al momento de determinar responsabilidades. Una vez que la Comisión ha decidido optar por esta vía, se establece un límite de tiempo en el que los involucrados deberán responder por escrito si están o no dispuestos a negociar un acuerdo.
Si todos los miembros del cártel responden expresando su interés en negociar, la Comisión inicia discusiones bilaterales con cada uno. Como resultado, puede suceder:
El procedimiento de settlement ha superado en popularidad al procedimiento estándar, siendo cada vez más preferido tanto por la Comisión como por los operadores involucrados en los casos. Es así que, en el período contemplado entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2023, del total de 62 casos de cárteles en los que la Comisión adoptó una decisión final, 36 (58%) de ellos fueron concluidos mediante dicho sistema, ya sea a través de un procedimiento de settlement (en un 45% del total) o en casos híbridos (en un 13% del total).
Como se señaló antes, el procedimiento de settlement fue creado para reducir los tiempos de adopción de una decisión por parte de la Comisión, mediante la simplificación de los procesos. Esto permitiría ahorrar recursos que podrían utilizarse en la investigación de nuevos casos y evitar que sus decisiones fueran recurridas ante el Tribunal General y el Tribunal de Justicia.
Respecto de la reducción en el tiempo de toma de decisiones, si bien los casos llevados enteramente bajo settlement se han resuelto en un tiempo menor al promedio de los casos llevados enteramente bajo el procedimiento estándar, que es cinco años, los casos híbridos se han decidido, en promedio, en un tiempo mayor a seis años. Por ello, podemos concluir que el settlement no ha ayudado a acortar el tiempo promedio de resolución en investigaciones de cárteles iniciadas por la Comisión.
En efecto, este promedio ha aumentado ligeramente desde la introducción de dicho procedimiento. De no haberse introducido nunca el settlement, el tiempo promedio de duración de una investigación por cártel bajo el procedimiento estándar seguiría siendo cinco años. Ahora, con su introducción, es de cinco años y ½ mes.
En lo que respecta a la eficiencia en el uso de los recursos, no hay duda que el settlement ha cumplido con la tarea de ahorrarle recursos a la Comisión. Esto pues en el procedimiento estándar, se debe conceder acceso a las partes involucradas a toda la documentación relativa al pliego de cargos, y ellas a su vez deben contestar por escrito al pliego, pudiendo incluso ampliar sus argumentos de defensa en una audiencia oral en caso de solicitarlo.
Asimismo, antes de poder adoptar una decisión final en este tipo de procedimiento, la Comisión debe presentarla por escrito, señalando en detalle sus hallazgos y la evidencia que los fundamenta. Además, debe remitir un borrador preliminar de la decisión al Comité Consultivo, compuesto por representantes de las autoridades de competencia de los países miembros de la Unión Europea.
La ausencia de estos pasos en el procedimiento de settlement, sin duda aumenta la eficiencia procesal y reduce la carga de trabajo para la Comisión. Sin embargo, es interesante precisar que este ahorro de recursos no ha resultado en un aumento del número de casos de cártel investigados por la autoridad europea.
Esto podría deberse a factores que no necesariamente tienen que ver con el establecimiento de este procedimiento por la Comisión, tales como la reducción en el uso del mecanismo de la delación compensada por parte de los operadores debido al aumento de acciones consecutivas (follow-on actions).
Así las cosas, es posible afirmar que la figura del settlement, a quince años de su implementación, ha cumplido con casi todos los objetivos que la Comisión perseguía al crearla.
En las últimas dos decadas, cada vez más autoridades de competencia han optado por implementar mecanismos de resolución temprana de causas que incluyen la negociación y adopción de acuerdos con los involucrados en sus investigaciones. Los países latinoamericanos no han sido la excepción, lo que ha dado paso al nacimiento de diversos procedimientos autocompositivos en los países de la región.
Ahora bien, entender la aplicación en el régimen europeo de la figura del settlement o transacción en materia de cárteles nos permite realizar comparaciones interesantes.
En la jurisdicción europea, el settlement es un procedimiento de transacción en el que, en el marco de una investigación, a cambio del reconocimiento de su participación en un cártel, el o los operadores involucrados se pueden beneficiar de una reducción de hasta diez por ciento (10%) del valor de la multa. Es decir, las transacciones son aplicables únicamente a operadores que reconocen ser parte de un cártel.
Por otra parte, en el mismo régimen, tenemos también la figura de los compromisos. Si bien, al igual que el settlement, se producen en el marco de una investigación, una vez que el o los operadores investigados proponen compromisos para subsanar las preocupaciones de la autoridad, la misma puede aceptarlos y dar por terminada la investigación sin necesidad de que los operadores asuman responsabilidad respecto de la conducta investigada y/o sean sancionados.
Entre los países latinoamericanos hay figuras muy similares. En Brasil, por ejemplo, existe desde 2007 un procedimiento de settlement en el que el Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) permite a los operadores llegar a acuerdos con la autoridad en investigaciones relacionadas con prácticas horizontales. En él, los involucrados que reconozcan su participación podrían beneficiarse de una reducción de hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa. Este acuerdo, no obstante, no los exime de responsabilidad penal.
En el caso de Perú, su sistema mezcla características de los compromisos y del settlement, al establecer un régimen de compromisos en el que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) requiere el reconocimiento de responsabilidad como antecedente para poder solicitar y negociar un compromiso de cese. En él, los operadores presentan compromisos de cese de sus conductas, obteniendo a cambio un descuento en el valor de la multa, además de la terminación del proceso investigativo por parte de la autoridad.
Por su parte, el régimen de compromisos de cese en Ecuador parece ser, también, un híbrido. En éste, al igual que en el régimen de compromisos europeo, se busca que se subsanen los efectos actuales o potenciales no deseados de una conducta. Sin embargo, difiere del europeo en que, en el caso ecuatoriano, un operador puede presentar compromisos de cese en cualquier momento de una investigación, e incluso si es que una no ha sido iniciada aún.
Como en el settlement, la Superintendencia de Competencia Económica (SCE) requiere de la aceptación expresa de una infracción para que el operador pueda beneficiarse de este régimen. No obstante, una particularidad que lo diferencia del settlement europeo es que, en Ecuador los compromisos de cese evitan que el operador investigado reciba una sanción.
Es importante precisar que la tasa de detección de cárteles en Ecuador actualmente sigue siendo baja y sus investigaciones más recientes se han enfocado, en su mayoría, en casos de colusión en procesos de compras públicas. Por ello, es importante que la SCE enfoque sus esfuerzos en aumentar la efectividad de su sistema de detección de cárteles y balancee adecuadamente el uso de los compromisos de cese con su programa de clemencia.
* Camila Ruiz R. es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y se desempeña actualmente como abogada en QPWB Law.