https://centrocompetencia.com/wp-content/themes/Ceco

Industrias creativas en el Perú: propiedad intelectual y barreras de acceso

8.07.2026
CeCo Perú
6 minutos
Nadia Janampa R. Estudiante Derecho Universidad del Pacífico

La industria creativa constituye hoy uno de los sectores con mayor potencial de crecimiento en economías basadas en el conocimiento, la innovación y el valor intangible. La UNESCO la define como un amplio conjunto de actividades económicas en las que el producto o servicio incorpora un componente artístico o creativo sustancial y se integra a la economía creativa debido a su contenido de propiedad intelectual (Montezuma Panez et al., 2020, p. 19). En esa misma línea, la propiedad intelectual comprende las creaciones de la mente, tales como invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio (Montezuma Panez et al., 2020, p. 22).

«La principal dificultad no radica en la inexistencia de derechos, sino en la dificultad práctica de ejercerlos oportunamente.»

Bajo esta lógica, las industrias creativas no dependen principalmente de maquinaria pesada o grandes recursos naturales, sino de ideas convertidas en valor económico. Incluyen sectores como la música, el cine, el audiovisual, la publicidad, el software creativo, los videojuegos, el diseño, la arquitectura, la editorial, la moda, las artes escénicas y los contenidos digitales. Su relevancia estratégica radica en que generan empleo, promueven la innovación, fortalecen la identidad cultural y permiten la inserción internacional mediante bienes y servicios intensivos en talento.

Aguirre et al. (2021) muestra una clasificación de estas industrias en cuatro grupos. Primero, las principales, dedicadas directamente a crear, producir y comercializar bienes protegidos por derechos de autor, como radio, televisión, cine o música. Segundo, las interdependientes, que facilitan el consumo o producción de dichas obras mediante equipos y tecnologías complementarias. Tercero, las parciales, en las que solo una parte de la actividad involucra propiedad intelectual, como el diseño de interiores, la joyería o la vestimenta. Finalmente, las de apoyo, vinculadas al transporte, al comercio o a las comunicaciones, que facilitan la circulación y la distribución de contenido creativo.

Relevancia económica en el Perú

La evidencia muestra que las industrias creativas ya tienen impacto tangible en la economía peruana. Según Morales et al. (2009), en 2005 las industrias creativas basadas en derechos de autor aportaron US$ 1.9 mil millones de valor agregado, equivalentes al 2.7% del total nacional, además de 596 mil puestos de trabajo y US$ 143 millones en exportaciones.

Para 2018, entre las industrias principales, interdependientes, parciales y de apoyo generaron un total aproximado de US$ 63.4[1] mil millones de valor agregado y 703 mil empleos, representando 3.83% del valor agregado nacional y 4.05% del empleo total. Destacó especialmente el subsector prensa y publicaciones, responsable del 48% del valor agregado y 54% del empleo dentro de la categoría (Aguirre et al., 2021). Estos datos evidencian que no se trata de un sector marginal, sino de una fuente real de productividad y ocupación.

El rol de la propiedad intelectual en el ecosistema creativo

En este contexto, la propiedad intelectual cumple una función decisiva. El derecho de autor protege obras musicales, audiovisuales, literarias, artísticas y digitales. Las marcas protegen identidad comercial. Las patentes incentivan innovación tecnológica. Los diseños industriales resguardan apariencia estética aplicada a productos.

Respecto del derecho de autor, este se aplica a todas las creaciones artísticas o literarias respecto de las cuales el ser humano ejerce libertad creativa. No corresponde discriminar entre tipos de arte ni determinar arbitrariamente qué manifestaciones merecen tutela, pues toda creación susceptible de exteriorizarse puede ser protegida. Dentro de este universo se encuentran obras literarias, artísticas, musicales y audiovisuales, entre otras (Benites, 2020).

Existe además una variante sui géneris vinculada a los conocimientos colectivos y a las obtenciones vegetales. Aunque no encajan plenamente en las categorías clásicas de propiedad industrial o derecho de autor, la legislación de propiedad intelectual las incorpora por su valor económico, cultural y estratégico. En el caso peruano, productos como la uña de gato, la maca o la sangre de grado derivan de conocimientos tradicionales desarrollados por comunidades locales, cuya explotación indebida puede incluso originar controversias internacionales (Benites, 2020).

Digitalización y nuevas barreras competitivas

La pandemia aceleró la digitalización cultural y modificó profundamente la forma en que se produce, se distribuye y se monetiza el contenido creativo. Museos, festivales, teatros y conciertos migraron a formatos híbridos o completamente virtuales. Plataformas como Patreon, Ko-Fi y modelos de suscripción se convirtieron en herramientas relevantes para creadores independientes.

Sin embargo, de acuerdo con (Zanabria, 2025) la digitalización también generó tanto beneficios por mayor alcance como riesgos por la concentración de mercado. Así, grandes plataformas como Spotify, Netflix, Amazon o redes sociales poseen ventajas derivadas de los efectos de red, la escala global, el control de datos y los algoritmos de visibilidad. En esta línea, Naciones Unidas (2024) advierte que estas dinámicas crean barreras estructurales y estratégicas para nuevos competidores.

El rol de la propiedad intelectual en el ecosistema creativo

Según el BID, el apoyo indirecto a la industria creativa parte del apoyo a los derechos de autor, ya que la titularidad de ese derecho es una barrera común para ingresar al mercado (Montezuma Panez et al., 2020). En este contexto, la propiedad intelectual desempeña una función decisiva. El derecho de autor protege obras musicales, audiovisuales, literarias, artísticas y digitales. Las marcas protegen la identidad comercial. Las patentes incentivan la innovación tecnológica. Los diseños industriales preservan la apariencia estética de los productos.

Registrar una marca, proteger una obra, denunciar una infracción o formalizar un signo distintivo puede significar la diferencia entre consolidar un emprendimiento y desaparecer ante competidores con mayor capacidad económica. En industrias donde el principal activo es intangible, la protección jurídica deja de ser secundaria y se convierte en una herramienta de supervivencia.

El problema surge cuando el acceso a esa protección depende de procedimientos costosos, lentos o técnicamente complejos. Allí se manifiesta la tensión entre el derecho formalmente reconocido y el derecho materialmente accesible.

El TUPA de INDECOPI como posible barrera de entrada al sistema

En el Perú, gran parte del acceso institucional a la propiedad intelectual se canaliza a través del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del INDECOPI. Este instrumento organiza trámites, requisitos, tasas, plazos y autoridades competentes en materias como los signos distintivos, el derecho de autor, las invenciones, los recursos administrativos y los procedimientos conexos. Desde una perspectiva jurídica, el TUPA cumple funciones legítimas: predictibilidad, transparencia, estandarización y seguridad jurídica. Permite que el administrado conozca las reglas del procedimiento y costos aplicables.

No obstante, desde una perspectiva económica aplicada a las industrias creativas, el TUPA también puede actuar como una barrera de entrada. Como se sostuvo antes, si bien el TUPA cumple una función legítima de ordenar trámites, requisitos, tasas y plazos, también puede constituir una barrera de entrada para los agentes más pequeños del ecosistema creativo.

Costos administrativos como barrera económica

Uno de los principales problemas de los emprendimientos creativos es su baja capitalización inicial. Músicos independientes, ilustradores, diseñadores, productores audiovisuales o estudios emergentes de videojuegos suelen operar con recursos escasos y flujos de caja inestables.

En ese escenario, pagos por registros, renovaciones, oposiciones, modificaciones o defensa administrativa pueden resultar significativos. Aunque cada tasa individual parezca razonable, acumuladas generan una carga relevante.

Ello produce tres consecuencias concretas: Primero, postergación de la formalización: muchos proyectos lanzan productos sin registrar marca ni estructurar protección jurídica. Segundo, protección tardía: el creador acude al sistema solo cuando ya existe copia, conflicto o apropiación indebida. Tercero, desigualdad competitiva: empresas con mayor capital registran temprano, vigilan mercados y litigan; pequeños agentes permanecen expuestos. Por ello, la existencia de un sistema jurídico protector no garantiza acceso real si los costos excluyen a quienes más lo necesitan.

Tiempo administrativo versus mercados veloces

Las industrias creativas funcionan con ritmos acelerados. Una tendencia digital puede durar semanas; una campaña publicitaria, días; una marca emergente necesita posicionamiento inmediato.  Sin embargo, diversos procedimientos administrativos conservan tiempos diseñados para lógicas burocráticas tradicionales. Aunque legalmente justificables, pueden ser económicamente ineficientes para sectores dinámicos.

Un emprendimiento de moda necesita seguridad sobre su marca antes de lanzar colección. Un creador digital requiere proteger nombre comercial antes de monetizar contenido. Un festival necesita certeza jurídica para cerrar auspicios y contratos.  Si la respuesta llega meses después, el mercado ya cambió. Por eso, en sectores creativos la demora administrativa no solo genera incomodidad: puede traducirse en pérdida económica efectiva.

Complejidad técnica y desigualdad informativa

Otro problema es la tecnificación del sistema. Clasificaciones, oposiciones, subsanaciones, redacción de solicitudes, identificación de clases, medios impugnatorios y requisitos documentales suelen ser manejables para especialistas, pero no para creadores independientes o agentes poco técnicos en la materia.

Esto genera una asimetría estructural. Para la gran empresa, alta capacidad frente al sistema; para un estudio mediano, capacidad media; para una mype creativa, capacidad baja; y para un autor independiente, capacidad muy baja. Como se puede ver, la consecuencia es directa: quienes tienen más recursos no solo crean con mayor escala, también protegen mejor lo creado.

Recaudar pagos no equivale a desarrollar industrias

Un punto crítico, ya advertido en estudios nacionales, es la tendencia a medir el éxito institucional por la recaudación y el cumplimiento antes que por el crecimiento creativo.

Ponce y Zapata (2021), en un estudio sobre Tacna, concluyen que el conocimiento sobre la propiedad intelectual influye significativamente en la recaudación de derechos de autor. Sin embargo, como ya se analizó, ese enfoque prioriza variables de pago y morosidad, antes que indicadores como formalización empresarial, innovación, escalamiento productivo o sostenibilidad de creadores.

Eso permite una crítica más amplia: el enfoque peruano corre el riesgo de seguir atrapado en la recaudación de pagos, no en el desarrollo de industrias creativas. Cobrar derechos o administrar expedientes puede ser necesario, pero no suficiente como política pública sectorial.

En 2025, INDECOPI lanzó una nueva edición del Programa de Asistencia a Inventores (PAI-Perú), orientado a brindar soporte técnico y legal gratuito a mypes e inventores independientes para proteger invenciones y modelos de utilidad.

La medida evidencia esfuerzos valiosos de democratización del sistema. No obstante, su énfasis principal recae en innovación patentable. No alcanza con igual intensidad a música, audiovisual, diseño digital, videojuegos, moda creativa o creadores de contenido. Ello sugiere que la política pública continúa priorizando mecanismos registrales individuales antes que una estrategia integral de economía creativa.

Propuestas de reforma

Si se busca que la propiedad intelectual funcione como motor productivo, el TUPA debe modernizarse con enfoque sectorial. Algunas medidas razonables serían las siguientes:

  1. Régimen especial creativo: tasas reducidas o escalonadas para microcreadores, colectivos culturales y startups creativas.
  2. Fast track digital: procedimientos acelerados para marcas creativas, nombres artísticos y conflictos urgentes en entornos digitales.
  3. Ventanilla única creativa: coordinación entre INDECOPI, Ministerio de Cultura, PRODUCE, SUNAT y programas de financiamiento.
  4. Asistencia legal simplificada: orientación gratuita especializada para creadores sin capacidad de contratar abogados.
  5. Indicadores de impacto: medir no solo expedientes resueltos o pagos recaudados, sino formalización, exportaciones creativas, empleo y crecimiento empresarial.

Conclusión

Las industrias creativas representan una oportunidad real de diversificación económica para el Perú. Generan empleo, valor agregado, identidad cultural e innovación. Sin embargo, para crecer necesitan un sistema de propiedad intelectual accesible, ágil y funcional.

El TUPA de INDECOPI cumple una función administrativa legítima, pero aplicado sin enfoque productivo puede transformarse en barrera económica, temporal y técnica para quienes más necesitan protección: microempresas y creadores independientes. La principal dificultad no radica en la inexistencia de derechos, sino en la dificultad práctica de ejercerlos oportunamente. Mientras la economía creativa se mueve con velocidad digital, el acceso institucional continúa anclado en lógicas burocráticas tradicionales.

En consecuencia, modernizar el TUPA no debe verse solo como simplificación administrativa. Debe entenderse como una política estratégica para convertir propiedad intelectual formal en desarrollo económico creativo real. Solo así el Perú dejará de limitarse a recaudar pagos y comenzará a construir verdaderas industrias creativas competitivas.

Referencias:

Aguirre, J., Bonifaz, J. L., Urrunaga, R., & Taquiri, F. (2021). Contribución económica de las industrias creativas en base a los derechos de autor en el Perú. Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6343084/5570800-estudio-economico-final.pdf?v=1715699842

Benites, G. (2020). El ABC de la propiedad intelectual: registra y patenta. Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). https://escuela.indecopi.gob.pe/images/publicaciones/pdf/2020/EL_ABC_DE_LA_PROPIEDAD_INTELECTUAL_REGISTRA_Y_PATENTA.pdf

Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). (2025). Anuario de estadísticas institucionales 2024. https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8261090/6894976-anuario-de-estadisticas-institucionales-2024.pdf?v=1750794226

Ministerio de Cultura. (2022). Plan de recuperación de las industrias culturales y las artes al 2030 (Anexo de la Resolución Ministerial N.º 086-2022-DM/MC). https://transparencia.cultura.gob.pe/sites/default/files/transparencia/2022/03/resoluciones-ministeriales/rm086-2022-dm-mc-anexo.pdf

Morales Saravia, R., Solórzano, R., Távara, J., & Villanueva, E. (2009). Contribución económica de las industrias basadas en derechos de autor en el Perú. Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). https://repositorio.indecopi.gob.pe/backend/api/core/bitstreams/2b47cc02-1322-4d21-a534-d3a64588f7e1/content

Montezuma Panez, O., Gálvez Callirgos, P., Bedregal Viza, M., & Fernandez Bonaudi, S. (2020). La economía creativa en el Perú: Análisis conceptual y recomendaciones de política para su desarrollo. Universidad de Lima. https://www.ulima.edu.pe/sites/default/files/news/file/economia_creativa_paper.pdf

Naciones Unidas. (2024). El comercio de servicios creativos. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo. https://unctad.org/system/files/official-document/c1mem4d32_es_0.pdf

Ponce, E., & Zapata, R. (2021). Los conocimientos de propiedad intelectual y su influencia en la recaudación de derechos de autor en la ciudad de Tacna. Veritas et Scientia, 10(1), 30–41. https://revistas.upt.edu.pe/ojs/index.php/vestsc/article/view/458/387#:~:text=El%20nivel%20de%20la%20recaudaci%C3%B3n%20de%20derechos,conciencia%20sobre%20los%20pagos%20de%20derechos%20son

Zanabria, J. M. (2025). Sesión 1 – Servicios basados en conocimiento e industrias creativas. Banco Interamericano de Desarrollo. https://cursos.iadb.org/sites/default/files/2025-07/SESION%201%20-%20JUAN%20MANUEL%20ZANABRIA.pdf


[1] Aproximado al tipo de cambio de fecha 2 de julio 2026: 1 dólar a 3.40 soles.

 

Regístrate de forma gratuita para seguir leyendo este contenido

Contenido exclusivo para los usuarios registrados de CeCo