CeCo | Régimen de control previo de concentraciones Perú
Newsletter
Régimen de control previo de concentraciones empresariales Perú

El régimen de control previo de concentraciones empresariales en el Perú

4.12.2024
CeCo Perú
Ivo Gagliuffi P. Abogado por la Universidad de Lima, con estudios de postgrado en Competencia y Propiedad Intelectual (Salamanca, UADE, UPC). Fue Presidente del Indecopi (2016-2020). Socio de Garrigues (Perú).
Javier Coronado Ph.D. en economía por la Universitat Pompeu Fabra de Barcelona, MSC Economics por la London School of Economics y Economista por la PUCP. Fue Gerente General y Chief Economist del Indecopi (2013-2020) y Viceministro de Comunicaciones (2014-2015). Counsel y Director Económico de Garrigues (Perú).
Ricardo Ayvar Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con Postgrado en Derecho de la Competencia por la Universidad Carlos III de Madrid. Fue Ejecutivo Legal de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi (2015-2022). Actualmente es Asociado del Departamento de Competencia y Regulación Económica de Garrigues (Perú).
Rodrigo García Ingeniero Economista por la Universidad Nacional de Ingeniería. Fue especialista en la Oficina de Estudios Económicos del Indecopi (2018 - 2022). Actualmente, es economista del Departamento de Competencia y Regulación Económica de Garrigues (Perú).

El 14 de junio de 2021 entró en vigor la Ley 31.112, que introdujo de manera definitiva en el Perú el control previo de operaciones de concentración empresarial, aplicable transversalmente a todos los sectores de la actividad económica y mercados del país. Teniendo en cuenta que han transcurrido tres años desde la entrada en vigencia del citado régimen, la Cámara Oficial de Comercio de España en el Perú (“COCEP”) y Garrigues han considerado oportuno publicar un informe analizando, de manera ejecutiva y sencilla, la implementación de dicha normativa.

CeCo busca contribuir al análisis del control de fusiones en Perú republicando este informe y, además, presentando un nuevo observatorio de fusiones, el cual recopila información sobre la totalidad de casos analizados por el INDECOPI desde la entrada en vigencia del régimen actual.

«Si bien los plazos de autorización de una operación en promedio han continuado incrementándose en el tercer año en casi 7 días hábiles respecto del segundo año, se mantienen por debajo del plazo legal máximo, lo que muestra el esfuerzo de la autoridad por ser eficientes en el análisis de las operaciones, así como el nivel de complejidad que viene presentándose en las nuevas transacciones notificadas.«

DESCARGAR INVESTIGACIÓN

Observatorio de Fusiones en Perú (2021-2024)