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TLDC

Cuenta Pública del TDLC 2026: Labor Jurisdiccional y Estrechez Presupuestaria

20.05.2026
CeCo Chile
5 minutos
Clave

El pasado 12 de mayo, el presidente del TDLC, Nicolás Rojas Covarrubias, rindió la Cuenta Pública 2025 de la institución. En su intervención, entre otras cosas, repasó la labor jurisdiccional del período, incluyendo sentencias relevantes como WOM sobre precios excesivos, junto con advertir sobre las crecientes restricciones presupuestarias que enfrenta el Tribunal.

Key

We reviewed two discussion forums regarding interlocking, commenting on the Supreme Court rulings that overturned the judgments in which the TDLC convicted various natural and legal persons for interlocking. One of the events was organized by the Centro Competencia UAI and the Centro de Libre Competencia UC, and the other was organized by the Universidad de Chile.

Asistimos a la Cuenta Pública del año 2025 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), celebrada el pasado 12 de mayo en la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales, en la que su presidente, el ministro Nicolás Rojas Covarrubias expuso acerca del trabajo realizado por el tribunal durante el año calendario 2025. Posteriormente, la instancia contó con la exposición “Política de libre competencia e innovación en la Era Digital Markets Act” realizada por Andrés Hernando García, director de Escuela de Ingeniería y académico de la Universidad Diego Portales, y el conversatorio “Competencia e Innovación”, compuesto de dos paneles centrados en los mercados de la salud y mercados financieros.

Como cuestión preliminar, el presidente del TDLC anunció una modificación relevante al período sobre el que se rinde la cuenta. Tradicionalmente, ésta tomaba como punto de partida el aniversario del Tribunal (12 de mayo), sin embargo, a partir de este año, el período se hace coincidir con el año calendario, abarcando de enero a diciembre de 2025. Esta modificación implica una superposición temporal con la cuenta anterior, por lo que omitió referirse a resoluciones mencionadas en la versión pasada, sin perjuicio de que igualmente fueron incluidas en las estadísticas del período informado.

Labor jurisdiccional: estadísticas y casos emblemáticos

En términos generales, el actuar del Tribunal durante el periodo se resume en las siguientes estadísticas:

  • 44 nuevas causas ingresadas, segmentadas en: 21 asuntos contenciosos (4 requerimientos, 15 demandas y 2 medidas prejudiciales) y 23 asuntos no contenciosos (12 consultas, 4 solicitudes de informe, 2 solicitudes de recomendación normativa y 5 sobre otras materias). Al mismo tiempo, se dio a término un total de 40 procedimientos.

Gráfico: Ingresos de causas al TDLC para el año 2025

 

Fuente: Elaboración propia a partir de Anuario TDLC 2026.

  • En materia contenciosa, se dictaron ocho sentencias. El presidente destacó especialmente la Sentencia N° 204 por el caso en contra de WOM por precios excesivos, considerando que es la primera vez en la que se sanciona esta práctica como conducta autónoma. Asimismo, se destacó la Sentencia N° 207 donde se sancionó a Cadena Comercial Andina por la entrega de información falsa a la FNE en el marco de una operación de concentración, reafirmando el criterio establecido en un caso similar en contra de Disney.
  • En el plano no contencioso, se dictaron cuatro decisiones, entre las que destaca la Resolución N° 88, que estimó que una modificación legislativa configuraba un cambio de circunstancias suficiente para dejar sin efecto el resuelvo 2 de la Resolución N° 62 (congelamiento de la banda 3,5 GHz). En materia de informes, se emitieron cuatro, dos de ellos sobre la Ley REP.
  • En cuanto a la actividad de la Corte Suprema, durante 2025 resolvió diez recursos de reclamación contra decisiones del Tribunal, confirmando en seis ocasiones y revocando en cuatro (dos casos por ley REP, una por uno de los casos de colusión en servicios de helicópteros para el combate de incendios, y la otra por la incorporación de medidas adicionales a la multa en contra de CDF por abuso de posición dominante).

Presupuesto y cambios de ministros

El presupuesto asignado al TDLC para 2025 fue de M$2.801. Para 2026, el presupuesto asignado es de M$2.859, lo que representa una reducción real del 1%. Sobre este escenario, el presidente afirmó que «los gastos distintos a personal han ido disminuyendo en el tiempo, de modo que la infraestructura y servicios para desarrollar la labor jurisdiccional se han precarizado». Agregó que, en términos reales, el Tribunal cuenta hoy con menos presupuesto que el asignado en 2019. En este sentido, el presidente del TDLC señaló que «hace no mucho, se hablaba de elevar la protección de la competencia a nivel constitucional. Hoy, la situación es diametralmente distinta».

Como consecuencia de estas restricciones, el TDLC ha debido adoptar decisiones que el presidente calificó como «dolorosas», a saber: (i) eliminación de la Unidad de Estudios, la cual no alcanzó a consolidarse; (ii) imposibilidad de contar con medios tecnológicos para mejorar el servicio a los usuarios; (iii) reducción de los montos destinados a la mantención de equipos; (iv) eliminación de los montos destinados a asesorías; y (v) supresión de los viáticos en 2025, lo que se traduce en la imposibilidad de asumir la representación de Chile ante organismos internacionales como la ICN y la OCDE. Sobre este último punto, Rojas señaló que “el papel de Chile como referencia en materia de competencia en la región se ve, por lo mismo, reducido”.

Por último, el presidente se refirió a la renovación parcial de ministros prevista en el DL N° 211. Aún no se cierra el concurso para proveer cuatro cargos de ministros titulares y suplentes, salvo por la designación del Ministro Pablo García por un nuevo período de seis años como ministro suplente. Rojas dedicó un agradecimiento especial a los cuatro ministros que cumplieron su período, Ricardo Paredes, Jaime Barahona, Pablo García y Rafael Pastor, pero en especial al primero que decidió no repostular por un nuevo periodo (para ver información de las ternas propuestas para ministros, ver nota CeCo).

Bruno Nocera Q.

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