CeCo | FNE archiva investigación por fijación de precios
Newsletter
FNE, Archivo, Denuncia, Restricciones Verticales, Distribuidores, Adidas, Sugerencia de precios, Descuentos,

FNE archiva investigación sobre fijación de precios de reventa a distribuidores de Adidas: sugerencias y no imposiciones

13.11.2024
CeCo Chile
3 minutos
Claves
  • Con fecha de 3 de junio del presente año, se presentó una denuncia en contra de Adidas por una posible coordinación de precios minoristas en el segmento de artículos deportivos.
  • La FNE corroboró la existencia de restricciones verticales entre Adidas y sus distribuidores minoristas. Estas consistían en una política de sugerencia de precios y un programa de incentivos o rebates.
  • La FNE archivó la denuncia tras concluir que estas estrategias no constituían una fijación de precios de reventa ni generaban riesgos anticompetitivos. Esto pues los distribuidores tenían la libertad de apartarse del precio sugerido, sin que Adidas implementase un monitoreo y sanción de desviaciones.
Keys
  • On June 3 of this year, a complaint was filed against Adidas for a possible coordination of retail prices in the sporting goods segment.
  • The FNE corroborated the existence of vertical restraints between Adidas and its retail distributors. These consisted of a price suggestion policy and an incentive or rebate program.
  • The FNE closed the complaint after concluding that these strategies did not constitute resale price fixing or generate anti-competitive risks. This is because distributors were free to deviate from the suggested price, without Adidas implementing a monitoring and sanctioning of deviations.

Con fecha 3 de junio del presente año, un particular presentó una denuncia ante la Fiscalía Nacional Económica (FNE) contra Adidas Chile Limitada (en adelante, “Adidas”), por una supuesta coordinación de precios minoristas vinculada con un producto particular de ropa deportiva.

Las diligencias de la FNE en la etapa de admisibilidad verificaron la existencia de una paridad de precios a nivel minorista, no solo para el bien objeto de la denuncia, sino que también para un amplio catálogo de productos de Adidas. Además, la Fiscalía corroboró que Adidas adoptaba estrategias para regular las condiciones de venta de estos productos, dando lugar a múltiples restricciones verticales entre la empresa y sus distintos distribuidores. Estas estrategias consistían principalmente en: (i) la sugerencia o recomendación de precios hacia los distribuidores minoristas por parte de Adidas; y (ii) la implementación de políticas de incentivos o rebates, incluyendo descuentos basados en el volumen y/o desempeño de los distribuidores (ver nota CeCo: “Descuentos por fidelidad: ¿sus beneficios compensan los riesgos?”).

Riesgos asociados a las restricciones verticales

La FNE señaló que las restricciones verticales pueden tener efectos pro competitivos cuando logran alinear los incentivos entre el fabricante y el distribuidor (ver nota CeCo: “OCDE: las defensas de eficiencia frente a restricciones verticales en Latinoamérica y el Caribe”), pero también pueden generar riesgos y/o efectos anticompetitivos, dependiendo del nivel de poder de mercado de los agentes involucrados y del contenido u objeto de la restricción.

En concreto, la Fiscalía mencionó que la “sugerencia” de precios de reventa bien podría disimular una fijación de precios de reventa (resale price maintenance o “RPM”), sobre todo en combinación con mecanismos de monitorio y control de precios.

Según la Guía para el análisis de Restricciones Verticales  de la propia Fiscalía, los RPM presentan un alto potencial anticompetitivo, pudiendo afectar la competencia en dos niveles: (i) intra-marca, al disminuir la competencia entre los distribuidores de un mismo proveedor, teniendo como consecuencia final el aumento de los precios para los consumidores finales; e (ii) inter-marca, al aumentar la transparencia de los precios (lo que a su vez permite el monitoreo de precios y facilita la colusión  entre distribuidores o entre proveedores), o bien, llevando a los distribuidores a favorecer la marca que cuenta con RPM por sobre otras.

La decisión de la FNE

En última instancia, la investigación de la FNE descartó que las políticas de precios sugeridos e incentivos de Adidas tuviesen la aptitud para producir riesgos y/o efectos contrarios a la libre competencia. Todo esto, en base a los siguientes hallazgos:

(i) La participación de mercado de Adidas era inferior al umbral de 35% establecido en la Guía para el análisis de Restricciones Verticales, para cualquiera de las definiciones de mercado relevante consideradas.

(ii) La política de precios sugerida por Adidas a sus distribuidores no era vinculante, dado que no existía un control o monitoreo asociado a su cumplimiento. Además, varios de los distribuidores se habían desviado de los precios sugeridos, demostrando su capacidad de ofrecer promociones independientes para diferenciarse de sus competidores.

(iii) Los objetivos de la política de descuentos implementada por Adidas se establecían en función de las ventas y compras de categorías de productos amplias, sin vincular productos individuales. Esto hacía improbable que desviaciones en precios individuales afectaran el logro de las metas, evitando que la sugerencia de precios se convirtiera en una fijación de precios.

En base a estos antecedentes, la FNE descartó la existencia de un RPM, y archivó la denuncia el 13 de septiembre del presente año.

También te puede interesar:

Valentina Guedeney