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A menos de 7 meses de terminar su periodo de gestión, Danilo Sylva, el superintendente de la Superintendencia de Competencia Económica (“SCE”) remitió la rendición de cuentas de la gestión de la SCE a del 2022. En esta nota repasaremos las principales actividades de los órganos de sustanciación y resolución de la SCE reportadas en el informe.
Luego, con la finalidad de precaver la gestión del 2023, revisaremos brevemente los proyectos de ley que potencialmente modificarían la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (“LORCPM”) (Ver nota CeCo “Recientes cambios al reglamento a la Ley ecuatoriana de competencia”). Finalmente, como conclusión, analizaremos el cumplimiento de las recomendaciones presentadas en el peer review de 2021.
Entre otras, la SCE está conformada por la Intendencia General Técnica (“IGT”), la Intendencia Nacional de Investigación y Control de Prácticas Desleales (“INICPD”), la Investigación y Control de Abuso del Poder de Mercado, Acuerdos y Prácticas Restrictivas (“INICAPMARP”), la Intendencia Nacional de Control de Concentraciones Económicas (“INCCE”), Intendencia Nacional de Abogacía de la Competencia (“INAC”) y la Intendencia Regional (“IR”), como órganos de sustanciación.
Durante el 2022, la gestión de las intendencias de sustanciación puede resumirse en:
Órgano | Casos sustanciados | Casos archivados |
---|---|---|
Intendencia Nacional de Investigación y Control de Prácticas Desleales | 36 | 25 |
Investigación y Control de Abuso del Poder de Mercado, Acuerdos y Prácticas Restrictivas | 28 | 4 |
Intendencia Nacional de Control de Concentraciones Económicas | 34 | 1 |
Fuente: Elaboración propia a partir del Informe de rendición de cuentas de la SCPM de 2022. |
Órgano | Estudios de mercado | Informes | Análisis de barreras normativas | Recomendaciones |
---|---|---|---|---|
Intendencia Nacional de Abogacía de la Competencia | 2 | 4 | 3 | 5 |
Fuente: Elaboración propia a partir del Informe de rendición de cuentas de la SCPM de 2022. |
A continuación, repasamos la gestión de cada una de las intendencias:
La INICPD realiza investigaciones y emite informes técnicos legales sobre infracciones a la leal competencia (también contenida en la LORCPM). En el 2022, se sustanciaron alrededor de 36 casos y se resolvió el archivo de 25, por falta de indicios de conductas desleales. Al finalizar el año, quedaron 11 expedientes en tramitación.
Durante el período reportado, INICPD llevó a cabo investigaciones sobre diversas conductas desleales en varios sectores económicos. De los expedientes tramitados, el 50% llegó a la etapa de investigación, el 35% se archivó en la etapa de investigación preliminar y el porcentaje restante se archivó después de sustanciar los recursos o, se remitió a la Comisión de Resolución de Primera Instancia (CRPI).
Las conductas más comunes investigadas incluyen actos de engaño, actos de confusión y prácticas agresivas de acoso, coacción e influencia indebida contra los consumidores. También se analizaron casos de violación de secreto empresarial e imitación (Ver nota CeCo “Secretos comerciales: la importancia de la confidencialidad de la información en los procedimientos adelantados por la SCPM”).
Los sectores económicos investigados se han centrado en áreas como fideos y pastas largas, margarinas, industria automotriz, plataformas digitales de pronósticos deportivos, intermediación de compra y venta de cartera, sector turístico, medicamentos, servicio de televisión por suscripción, telecomunicaciones (Ver nota CeCo “Una mirada al mercado de telecomunicaciones ecuatoriano: Nuevo estudio de la SCPM”), sector lácteo, geles antibacteriales, construcción y vallas publicitarias.
Además, sobre los expedientes activos, se llevó a cabo un análisis de posibles conductas desleales en diferentes sectores económicos, particularmente en el servicio de telefonía fija y la gestión de llamadas a través de call centers en relación con la portabilidad.
La INICPD ha remitido un caso a la CRPI para su sanción, relacionado con actos de denigración y comparación por parte de Sumesa S.A. en el mercado de pastas y fideos largos. También se resolvió sancionar a Clorox del Ecuador S.A. Ecuaclorox por cometer actos de competencia desleal en relación con su producto Clorox Quitamanchas Blanco Supremo.
En resumen, de los expedientes activos, el 46% se encuentra en etapa formal, el 18% en etapa preliminar, el 18% archivado a la espera de recursos, el 9% en etapa de prueba y el 9% se ha remitido a la CRPI para su resolución.
La INICAPMARP está conformada por dos unidades de investigación: la Dirección Nacional de Investigación y Control de Abuso del Poder de Mercado (DNICAPM) y la Dirección Nacional de Investigación y Control de Acuerdos y Prácticas Restrictivas (DNICAPR).
Primero, la DNICAPM tramitó un total de veinte expedientes. Se recibieron seis nuevos casos, además de los previos al 2022. La DNICAPM llevó a cabo el seguimiento de medidas correctivas en dos expedientes sancionatorios. Uno de los cuales se encuentra en proceso de resolución por parte de la CRPI.
Por otro lado, la DNICAPM concluyó la investigación de cuatro expedientes, y remitió los informes finales a la CRPI. Tres de estos casos están relacionados con presuntos abusos de poder de mercado, mientras que uno se refiere al suministro de información engañosa o falsa a la SCPM. Nueve expedientes de abuso de poder de mercado fueron archivados por falta de mérito o denuncia incompleta.
En resumen, en la actualidad, la DNICAPM está tramitando cinco expedientes de investigación, cuatro de ellos relacionados con presuntas conductas de abuso de poder de mercado, y uno por supuesta entrega de información falsa.
La DNICAPM ha analizado trece mercados relevantes diferentes, entre ellos, el sector de sociedades de gestión colectiva y el sector de servicios financieros (Ver nota CeCo: ”Un giro en el análisis de los abusos de poder de mercado en Ecuador: el caso BANRED sobre cajeros automáticos” ). Además, en dos ocasiones se llevó a cabo investigaciones sobre infracciones no relacionadas con conductas anticompetitivas.
Segundo, la DNICAPR tramitó un total de 28 expedientes, incluyendo 9 expedientes de 2022, 10 expedientes iniciados con anterioridad -y tramitados en este periodo-, y 9 expedientes de compromisos de cese.
En cuanto a los expedientes de colusión en contratación pública, se remitieron 4 casos para investigación. En tres de ellos, la CRPI acogió las recomendaciones de esta dirección y sancionó a los operadores económicos responsables por incurrir en acuerdos colusorios. El monto total de las sanciones impuestas ascendió a USD 58.283.678,04 (Ver nota CeCo “Danilo Sylva expone en el Foro Iberoamericano sobre competencia: los avances de la SCPM para prevenir la colusión en licitaciones públicas”).
Actualmente, la DNICAPR tiene 8 casos activos, que se dividen en sanciones por no entrega de información, casos de delación y presuntos cometimientos de prácticas restrictivas.
Durante el 2022 la INCCE analizó 34 casos de operaciones de concentración económica. De ellos, de los cuales 27 se resolvieron o archivaron, 1 fue desistido, 1 denuncia se cerró y 5 están en investigación. En el año de gestión, la INCCE examinó 25 nuevos expedientes, de los cuales: 18 correspondieron a fusiones o adquisiciones económicas sujetas a notificación obligatoria, 1 relativo a operaciones notificadas con propósitos informativos y 3 consultas (Ver nota CeCo “Caso Difare/Leterago: Control de concentraciones económicas y análisis procedimental”).
Además, la INCCE dio paso a una investigación sobre una posible operación de concentración económica que no fue notificada, y a otras por presuntos incumplimientos a los remedios impuestos a operaciones de concentración económica.
Finalmente, la INCCE comenzó un estudio que busca evaluar el impacto posterior de decisiones en el control de concentraciones económicas. En otras palabras, se analizarán los beneficios que se despliegan de las operaciones que fueron negadas. Hasta la fecha el informe aún no ha sido publicado (Ver nota CeCo “Estándar sustantivo para el análisis de concentraciones en Ecuador”).
La Intendencia Regional (IR) se encarga de investigar y detectar posibles prácticas desleales, abusos de poder de mercado, acuerdos y prácticas restrictivas realizados por operadores económicos, en cumplimiento de la LORCPM. También lleva a cabo acciones de abogacía de la competencia para regular la competencia entre los operadores económicos en beneficio de los usuarios y consumidores a nivel regional.
La IR está conformada por: la Dirección Regional de Abogacía de la Competencia (DRAC) y la Dirección Regional de Investigación y Control (DRIC), junto con las Oficinas Técnicas de Apoyo (OTA).
En el 2022, la IR tramitó un total de 17 expedientes administrativos. De ellos, 11 estuvieron relacionados con investigaciones de prácticas desleales, 4 con acuerdos y prácticas restrictivas, y 2 con abusos de poder de mercado.
La INAC cuenta con dos unidades: Dirección Nacional de Estudios de Mercado (DNEM) y Dirección Nacional de Promoción de la Competencia (DNPC).
Durante el 2022, la INAC realizó 2 estudios de mercado, 1 informe especial, 5 recomendaciones, 3 informes ordinarios, 1 revisión del cumplimiento de la resolución No. 14, y 3 análisis de barreras normativas.
En el 2022, la CRPI abrió 35 expedientes. De ellos, 20 correspondieron a solicitudes de autorización de concentraciones económicas, 4 a solicitudes de medidas preventivas, 1 a incumplimiento de medidas preventivas, 8 a infracciones a la ley, 1 a un recurso de reposición y 1 a la falta de entrega de información. Se emitieron resoluciones finales en 30 de los expedientes abiertos, mientras que 5 expedientes aún se encuentran en proceso de sustanciación y no se ha emitido una resolución final.
En el periodo reportado, la CRPI llevó a cabo 51 sesiones ordinarias y 115 sesiones extraordinarias, en las cuales se sustanciaron y resolvieron los procedimientos a su cargo. Además, la CRPI emitió un total de 76 resoluciones, con el siguiente desglose: 20 por infracciones a la ley, 33 por concentraciones económicas, 2 por recursos de reposición, 7 por compromisos de cese, 10 por medidas preventivas, 1 por falta de entrega de información y 3 por incumplimiento en la entrega de información.
Finalmente, la CRPI expidió 6 resoluciones por el valor total de USD 58.386.062,59, correspondientes a multas e importes de subsanación.
Ahora bien, actualmente hay tres proyectos de ley que probablemente reformarán la LORCPM.
El 16 de mayo la Asamblea Nacional publicó en el registro oficial la ley reformatoria que, entre otros, incluye reformas al estándar del régimen, la carga probatoria de las conductas de abuso, eliminación de situación de dependencia, modificación del ámbito de aplicación y definición del mercado relevante, inclusión de un proceso expedito para conductas que no infringen la competencia, elevación a rango de ley del régimen de confidencialidad y reserva de la información (Ver notas CeCo “Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de diversos cuerpos legales: cambios significativos a la ley de competencia ecuatoriana” y “Redefinición del abuso de poder de mercado en Ecuador: afectación potencial”).
Además, la reforma cambia el nombre de la autoridad a Superintendencia de Competencia Económica (SCE), con la finalidad de facilitar el entendimiento de sus funciones y competencias. En una próxima entrega, analizaremos cada una de las modificaciones a la Ley, y su incidencia en el régimen de competencia ecuatoriano.
El 20 de marzo se presentó ante la Asamblea Nacional el proyecto de ley que regula los abusos hacia el consumidor, entre ellos: actos de acuso, actos de engaño, actos de intimidación, ventas atadas, publicidad engañosa o agresiva, entre otros.
Según el proyecto de ley, las controversias se surjan a partir de él, deberán transigirse ante un juez de lo civil, y cuando fuere necesario, penal. Es decir, el proyecto de ley delimita con claridad que, las conductas contrarías a su regulación que generen perjuicios al consumidor, deben ser conocidas por la justicia ordinaria.
El 6 de octubre de 2022 la Asamblea Nacional conoció sobre el proyecto de ley, que contiene las conductas de competencia desleal, actualmente contenidas en la LORCPM. Además, regula el procedimiento de investigación y resolución de manera taxativa. Sin embargo, el proyecto de ley mantiene a la SCE como autoridad competente para conocer y sancionar las conductas de competencia desleal.
Puesto que la Asamblea fue disuelta en virtud del decreto 741, promulgado el 17 de mayo, los proyectos de ley que hemos mencionado están detenidos. Esperamos se retome su debate con el posicionamiento de la nueva asamblea.
La gestión de la SCE puede ser evaluada también desde la ejecución de las recomendaciones presentadas por la OCDE, en virtud del peer review de 2021 (Ver columna de opinión CeCo “Los albores de una autoridad de competencia: el caso de Ecuador, una mirada 10 años después”). En el 2022 la SCE direccionó sus esfuerzos hacia:
Es evidente que la SCE invierte sus esfuerzos y recursos en ejecutar su operación en apego a las recomendaciones de la OCDE. Por supuesto, la gestión de la autoridad se enfrenta al reto de bajos recursos financieros y humanos. Creemos que el próximo año de gestión tiene como pendientes:
Informe de rendición de cuentas de la SCE 2022
Exámenes Inter-Pares de la OCDE y el BID sobre el Derecho y Política de Competencia