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Reino Unido: Guía CMA sobre la Digital Markets, Competition and Consumers Act

22.01.2025
CeCo Chile
7 minutos
Claves
  • La ley de mercados digitales del Reino Unido (DMCCA), promulgada en diciembre de 2024, introduce un régimen de regulación ex ante destinado a abordar ciertos problemas de competencia en los mercados digitales. Es similar pero no idéntico a la DMA de la UE.
  • La DMCCA regula a las empresas con «estatus de mercado estratégico», y autoriza a la CMA a imponerles “obligaciones competitivas” e iniciar “intervenciones pro-competitivas”. Las obligaciones competitivas buscan mejorar la posición de los usuarios (consumidores o empresas), en términos de razonabilidad de contratación, libertad de elección y transparencia. A su vez, las intervenciones pro competitivas buscan mejorar la competencia en una actividad digital.
  • Recientemente, la CMA publicó una guía para implementar la DMCCA, refiriéndose al proceso de designación de una empresa como una que tiene un estatus de mercado estratégico, a los mecanismos de cumplimiento de la ley y a las obligaciones impuestas a dichas empresas.
Keys
  • The UK’s Digital Markets, Competition and Consumers Act (DMCCA), enacted in December 2024, introduces an ex ante regulation regime aimed at addressing certain competition issues in digital markets. It is similar but not identical to the EU’s DMA.
  • The DMCCA regulates companies with “strategic market status” and authorizes the CMA to impose “conduct requirements” on them and initiate “pro-competition interventions”. Conduct requirements seek to improve the position of users (consumers or companies), in terms of fair dealing, open choices and transparency. On the other hand, pro competition interventions seek to improve competition in a determined digital activity.
  • Recently, the CMA published guidance for implementing the DMCCA, referring to the process of designating a company with strategic market status, the enforcement mechanisms and the requirements imposed on such companies.

El 19 de diciembre de 2024, la Competition & Markets Authority de Reino Unido (CMA) publicó su guía sobre la implementación la Ley de Mercados Digitales, Competencia y Consumidores (DMCCA). Este nuevo marco legal, que ya entró en vigencia (desde el 1 enero de 2025), busca establecer mercados digitales más justos y contestables.

De forma similar a la Ley de Mercados Digitales de la Unión Europea (UE), la DMCCA utiliza un sistema de designaciones para imponer regulación ex ante a empresas digitales con alto poder de mercado (tal como ocurre con los “guardianes de acceso” en la UE o las empresas de “importancia primordial” en Alemania). En el caso de la DMCCA, las empresas designadas se denominan empresas con «estatus de mercado estratégico» (strategic market status, o “SMS”). Esta nota busca complementar una anterior entrada CeCo que explica el origen y funcionamiento general de la DMCCA titulada “Reino Unido: El proyecto de ley sobre mercados digitales, ¿resucitando al Leviatán?”, la cual fue elaborada el 2023, en base al entonces proyecto de ley.

Criterios para designar a una empresa con “Estatus De Mercado Estratégico” (SMS)

Para ser designada como SMS, la empresa debe cumplir varios requisitos. Los de índole “formal” son: (i) realizar una “actividad digital”, (ii) tener un vínculo con el Reino Unido, y (iii) superar un umbral de ingresos (turnover). Por otro lado, los requisitos sustantivos son: (iv) tener poder sustancial o “atrincherado” (entrenched) en el mercado, y (v) mantener una “posición estratégica” en el mercado. Más abajo se analizan algunos de estos requisitos en base a lo señalado por la CMA en su Guía.

Cabe agregar que, según la Guía, la investigación necesaria para decidir una designación debe tomar 9 meses (prorrogable por 3 meses).

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Elaboración propia en base a Guía CMA (2024)

Actividad Digital

La Guía señala que el concepto de “actividad digital” se refiere a la provisión -a través de internet- de un servicio digital (p. ej., red social, plataforma de e-commerce) o de un contenido digital (p. ej., videojuego o canción), sin importar si el consumidor paga por ella o si la recibe gratuitamente. De este modo, a diferencia de la DMA de la UE, la DMCCA no proporciona una lista predefinida de servicios que puedan ser regulados.

La Guía también aclara que en el análisis para definir a una actividad como “digital” no se deben considerar los eventuales constreñimientos competitivos, diferenciándose así de la definición de un mercado relevante. Además, cabe aclarar que cuando una empresa es declarada como “SMS”, ello solo tiene efectos en relación a la “actividad digital” respecto a la cual ha sido designada, y no respecto a otras actividades de la empresa.

Umbral de ingresos

La empresa a ser designada como SMS debe cumplir con un umbral de ingresos. Estos no son umbrales copulativos sino disyuntivos (basta con cumplir uno):

  1. Facturación global: Los ingresos totales globales de la empresa, o del grupo al que pertenece, deben superar los £25 mil millones durante el periodo relevante.
  2. Facturación en el Reino Unido: Los ingresos totales en el Reino Unido deben superar los £1 mil millones en el periodo relevante.

La Guía aclara que el “periodo relevante” en el cual se debe calcular este ingreso son los últimos 12 meses, o bien, los 12 meses inmediatamente anteriores a los últimos 12 meses (la definición de qué periodo utilizar queda a criterio de la CMA).

Poder de mercado sustancial o atrincherado

A diferencia del umbral de ingresos, el marco de análisis de este requisito es flexible, admitiendo consideraciones cuantitativas y cualitativas. La Guía menciona que el poder de mercado surge cuando una empresa no enfrenta presión competitiva y sus clientes tienen pocas alternativas para cambiar de proveedor. En cuanto a que este sea sustancial, ello se refiere a que dicho poder es manifiesto, y que sea “atrincherado” se refiere a que este no es pasajero.

Interesantemente, la Guía indica que la CMA, al momento de evaluar este requisito, deberá realizar un análisis prospectivo, considerando al menos los próximos 5 años. Así, deberá realizar esfuerzos en pronosticar la dinámica que tendrá el mercado, los eventuales cambios regulatorios y los avances tecnológicos. Naturalmente, la CMA también deberá considerar el pasado y trayectoria de la empresa, para sopesar qué tan persistente ha sido su poder de mercado.

Posición estratégica en el mercado

La Guía señala que la posesión de una de las siguientes condiciones es indicativa de la tenencia de una posición de significancia estratégica:

  1. Tamaño o escala significativa: La empresa ha alcanzado una posición de tamaño o escala significativa en relación con la actividad digital.
  2. Dependencia de terceros: Un número significativo de otras empresas utilizan esta actividad para llevar a cabo sus negocios.
  3. Extensión del poder de mercado: la posición de la empresa en relación con la actividad digital le permite extender su poder de mercado a otras actividades.
  4. Influencia en el comportamiento de terceros: la posición de la empresa le permite determinar o influir sustancialmente en la forma en que otras empresas llevan a cabo sus operaciones, ya sea en la actividad digital o en otras áreas relacionadas.

La imposición de obligaciones conductuales y las “intervenciones pro-competitivas»

Cuando una empresa es designada como SMS, ello conlleva una serie de obligaciones (negativas y positivas) que se desglosan en lo que sigue. Estas obligaciones buscan guiar la actividad digital de las empresas designadas como SMS, así como enfrentar conductas actuales o potenciales mediante las cuales una empresa busque explotar  su poder de mercado (p.ej., ventajas de datos, economías de ámbito) de una forma contraria a la competencia justa (fair competition). A grandes rasgos, se puede distinguir entre las obligaciones competitivas, y las intervenciones pro competitivas (PCI) (que veremos más abajo).

Las obligaciones competitivas, que solo pueden ser aquellas consagradas explícitamente por la ley (para mayor detalle, haz click aquí), se imponen cuando sean un medio proporcionado para alcanzar uno o más de los siguientes tres objetivos: 1) trato equitativo (fair dealing), 2)  libertad de elección, y 3) confianza y transparencia (la explicación de estos objetivos está en esta sección de la Nota CeCo sobre el proyecto que creó la DMCCA).

Al respecto, la CMA espera que las obligaciones competitivas varíen entre las distintas industrias y empresas con tal de reflejar distintas realidades. A modo de ilustración, la Guía indica que, si se estima que una empresa SMS tiene una ventaja respecto a sus competidores por su acceso único a ciertos datos, la obligación conductual que se le impondrá buscará que la forma en que dicha empresa usa esos datos sea “justa” (basado en el principio de fair dealing).

 Por otro lado, están las intervenciones pro-competitivas. Luego de que una empresa ha sido designada como SMS respecto de cierta actividad digital, la CMA puede indagar si hay o no factores relacionados a la actividad digital que tienen un efecto adverso para la competencia (AEC). Así, en el caso que la CMA estime que sí existen dichos factores, el objetivo de la “intervención pro-competitiva” será prevenir o mitigar este efecto adverso.

Los factores que llevan a una intervención pro-competitiva pueden decir relación tanto con una conducta de la empresa designada, como con la estructura de mercado donde opera dicha empresa. Bajo la misma lógica, la respuesta al problema competitivo identificado puede ser tanto conductual (p. ej., una obligación de hacer el sistema de la empresa SMS interoperable) como estructural (p. ej., ordenar la desinversión de un activo), siendo la elección del remedio una cuestión donde la CMA tiene amplia discreción. Cabe agregar que una intervención pro-competitiva también puede terminar con la realización de recomendaciones normativas no vinculantes para otros órganos del Estado.

Sanciones y cumplimiento

La DMCCA establece un marco para garantizar el cumplimiento efectivo de sus disposiciones a través de la CMA. Este marco se diseña para abordar prácticas anticompetitivas y asegurar que las empresas con estatus SMS cumplan con sus obligaciones regulatorias.

Ante todo, están las sanciones económicas. Las empresas que infrinjan una obligación competitiva impuesta a partir de la DMCCA pueden ser sancionadas con multas de hasta el 10% de su facturación a nivel mundial.

A este respecto, es de crucial importancia la capacidad que tiene la CMA de obtener información. Al respecto, la Guía se refiere a las distintas herramientas de investigación con las que cuenta la autoridad, tales como: su facultad de requerir información específica a negocios e individuos; entrevistar personas con información relevante; realizar allanamientos; y nombrar expertos para que elaboren reportes sobre cuestiones relevantes para la fiscalización.

Además de esto, es importante notar que será la responsabilidad de la empresa SMS demostrar que está cumpliendo con las obligaciones competitivas impuestas. Las empresas SMS son responsables de periódicamente entregar reportes sobre su cumplimiento normativo a la CMA. Para cumplir con esto, las empresas deben designar un oficial de cumplimiento especialmente dedicado a estas funciones.

Un aspecto que vale la pena destacar, pues marca una diferencia con la DMA de la UE, es que en el caso de una investigación verse sobre la infracción de una obligación competitiva, la empresa investigada puede hacer valer la “exención por efectos compensatorios” (CBE). Esto es similar a una “defensa de eficiencia”. En efecto, para que aplique esta exención se debe cumplir con las siguientes condiciones: 1) la conducta investigada conduce a beneficios para los consumidores; 2) esos beneficios son mayores que los impactos que se siguen de la infracción de la obligación competitiva; 3) esos beneficios no serían alcanzados sin la conducta; 4) la conducta es proporcional respecto al logro de esas eficiencias; 5) la conducta no elimina o previene la existencia de competencia.

Tabla Comparativa: DMCCA vs DMA vs GWB-10

AspectoDMA (UE)DMCCA (UK)Sec. 19a GWB (Alemania)
FinalidadFortalecer el mercado comúnPromover la competencia y proteger al consumidorProteger la competencia
Naturaleza jurídicaRegulación ex-ante, complementaria a la ley de competenciaHíbrida, integrada en la ley de competencia pero con su propio régimenLey nacional de competencia prohibiendo conductas unilaterales
Autoridad de aplicaciónComisión Europea (Arts. 20-33)CMABundeskartellamt
MultasHasta el 10% de la facturación globalHasta el 10% de la facturación globalHasta el 10% de la facturación del grupo
Criterio de designaciónCuantitativosCualitativosCualitativos

Elaborado a partir de: Vander Boom, Hinck, Andriychuk, Podszun, 2025

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* Fernanda Ruiz I.: Asistente de Investigación de CeCo. Egresada de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez.

Fernanda Ruiz I.