Newsletter
Suscríbete a nuestro Newsletter y entérate de las últimas novedades.
El personal de fiscalización del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) realizó una visita a los cines Cinépolis en Plaza Norte y Larcomar, para verificar si estos permitían o no a sus clientes llevar alimentos y bebidas similares a los que se venden en las confiterías de los cines. Esta inspección se llevó a cabo de manera encubierta y formó parte de las acciones iniciadas por la institución en junio de este año para proteger los derechos de los consumidores.
En caso de descubrir alguna violación por parte de los cines, el INDECOPI podría iniciar un proceso administrativo sancionador y aplicar multas de hasta 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a más de S/2.000.000 (USD 525 mil).
Es importante destacar que, según la Resolución n.°0219-2018/SPC-INDECOPI, emitida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, se permite el ingreso de alimentos similares en los cines, y cualquier prohibición se considera una cláusula abusiva, en línea con el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Cineplanet, que posee 25 cines en Perú, impugnó la resolución de 2018 del INDECOPI ante la Corte Superior de Lima, alegando que esta atentaba contra el modelo de negocios de las salas de cine, ya que la zona de dulcería representaba el 40% de ingresos de la compañía. De este modo, de acuerdo a Cineplanet, mantener la Resolución afectaría no solo a trabajadores, sino también futuras inversiones (RPP, 2018).
Sin embargo, esta falló a favor de INDECOPI (UPI, 2018). Los puntos clave del argumento presentado por el demandado (INDECOPI) y la Asociación de Defensa de los Derechos del Consumidor (ASPEC), se pueden resumir de la siguiente manera:
En última instancia, la Corte dictaminó que la restricción impuesta a los cines no era inconstitucional y que la resolución de INDECOPI, que declaró dicha restricción como una “cláusula abusiva”, era válida.
Mas allá de la perspectiva judicial, la experiencia nos permite realizar algunas preguntas interesantes sobre la industria del cine, utilizando el análisis microeconómico para responderlas. En efecto, ¿por qué los precios de las palomitas de maíz son tan altos en el cine
Una primera aproximación a dicha respuesta recae en las particularidades del negocio de la distribución de películas. De acuerdo con un experto citado en un artículo publicado en Marketplace.org, los creadores de las películas les cobran a los cines alrededor del 70% de las ganancias que estos obtiene por la venta de entradas. Estos limitantes obligan a las salas de cine a buscar ingresos de otras fuentes, dando paso a la importancia de los concesionarios (estas son las empresas que pagan una tarifa a los operadores de los cines para poder para vender alimentos y comidas en sus dependencias).
Pero este no es un fenómeno único de los cines. El incremento significativo del precio de un bien que es comprado luego de otro (o “after-markets”) es un fenómeno bien documentado en la ciencia económica. Así, por ejemplo, las cuchillas para las rasuradoras, la tinta para las impresoras, o los cargadores de un celular, son bienes cuyos precios pueden estar muy por encima de su costo.
Gil y Hartman (2008) analizan por qué las palomitas de maíz cuestan tanto en los cines. En su artículo, examinan datos de ventas de concesiones de una cadena de cines en España para demostrar que los precios elevados de las concesiones reflejan una estrategia de discriminación de precios rentable, a menudo denominada «discriminación de precios de medición«. Esta estrategia resulta rentable porque permite que el consumidor termine pagando precios que reflejan su disposición a pagar por la experiencia —completa— de ir al cine.
Para entender este mecanismo resaltemos, en primer lugar, que los precios de las entradas al cine son estáticos. No varían dependiendo de cuánto se compre, y no hay elementos especiales que varíen el precio unitario de cada entrada. Esto no es igual con la comida que uno adquiere en un concesionario del cine, donde podemos acceder a distintas ofertas, productos o grupos de productos, descuentos por tamaño o número, etc.
Así, la variabilidad de precios se produce en la compra de estos productos. En otras palabras, es durante la compra de estos productos donde el consumidor hace explícita su valoración de la experiencia de asistir a un cine.
Esta última idea es también una implicancia de la discriminación de precios de medición. En efecto, los consumidores que más valoren la experiencia del cine serán los que pagarán más por esta (es decir, comprarán más alimentos). Finalmente, esta estrategia también permite admitir a más personas, ya que el cine no estaría maximizando sus ganancias en la venta de entradas, sino en un servicio ofrecido de forma complementaria.
Hasta el momento, hemos comentado sobre los supuestos bajo los cuales se hace rentable el negocio de los concesionarios que cobran altos precios en el cine. Uno de estos supuestos es la existencia de personas que valoren la experiencia conjunta de no solo ver la película, sino de disfrutar de algún alimento o bebida mientras la ven. Pero, ¿quiénes son estas personas? ¿puede el ejercicio económico ayudarnos a responder esta pregunta?
Los mercados minoristas son aquellos en los que los consumidores compran bienes y servicios a minoristas distribuidores. Estos mercados son una parte esencial de la economía y proporcionan la interfaz entre los consumidores y los productores para una amplia variedad de productos. De este modo, los mercados minoristas son inherentemente mercados de productos diferenciados, por lo que los minoristas pueden beneficiarse del poder de mercado.
La industria cinematográfica forma parte del mercado minorista, específicamente del mercado de exhibición de películas. El mercado de exhibición implica la proyección de películas «de estreno», es decir, aquellas que se exhiben por primera vez en cines. El mercado es relativamente sencillo, ya que cada cine proyecta un número reducido de películas. Luego, el precio de la entrada para los clientes finales se establece esencialmente en el mercado de un insumo, esto es, el mercado de licencias de películas.
El estudio realizado por Peter Davis (2006) proporciona información sobre la competencia espacial en los mercados minoristas, especialmente en los cines. La competencia espacial se refiere a la competencia entre empresas que se encuentran en diferentes ubicaciones geográficas (ver glosario CeCo “mercado relevante”). En los mercados minoristas, la competencia espacial hace referencia a la competencia entre minoristas que están ubicados en diferentes áreas geográficas.
El estudio de Davis encuentra que los costos de traslado provocan una limitada sustitución de cines. Esto significa que las personas que eligen un cine son aquellas que viven lo suficientemente cerca de él, de modo que existe una fuerte relación positiva entre el número de personas que viven cerca de un cine y su cuota de mercado. Este hallazgo resalta la importancia de la ubicación de ciertos productos y las preferencias del consumidor sobre la proximidad geográfica en los mercados minoristas.
El estudio de Davis también encuentra que el ejercicio del poder de mercado por parte de los cines está limitado por la sustitución de los consumidores hacia otras actividades, y por los incentivos de los operadores (de los cines). Específicamente, el estudio sugiere que el propietario promedio de un cine preferiría reducir los precios de entrada al cine si pudiera atraer el mismo conjunto de películas.
La razón es que, aunque los cines comparten los ingresos de taquilla con los distribuidores (es decir, quienes mantienen los catálogos de las películas que se pueden mostrar en un cine), los ingresos de concesiones de alto margen (por ejemplo, de las palomitas de maíz) no se comparten. Por lo tanto, los propietarios de cines tienen fuertes incentivos para ofrecer precios de admisión -es decir, entradas- más bajos de lo que a los distribuidores les gustaría. Este hallazgo resalta la importancia de comprender los incentivos de los diferentes actores en los mercados minoristas y los factores que afectan al poder de mercado.
Permitir que los consumidores lleven sus propios alimentos y bebidas a los cines en Perú ha generado un debate sobre los derechos del consumidor y los modelos de negocios en la industria cinematográfica.
Al respecto, se ha discutido sobre cómo los cines utilizan estrategias de discriminación de precios, como la fijación de precios más altos en las tarifas de sus concesiones, para maximizar sus ingresos y compensar los costos asociados con la distribución de películas. Esto ha llevado a una comprensión más profunda de cómo los diferentes actores en los mercados minoristas, como los propietarios de cines y los distribuidores, pueden tener incentivos divergentes. Sobre ello, se pueden revisar algunos casos recientes, como el de Japón, donde la autoridad de competencia halló al operador de cines, Toho, culpable de presionar a distribuidores para obtener un trato preferencial hacia su cadena.
En última instancia, la fiscalización que está realizando el INDECOPI a los cines en Perú, nos recuerda la importancia de equilibrar los derechos de los consumidores con las necesidades de la industria del cine. Si bien es fundamental proteger los derechos de los consumidores y promover la competencia en los mercados minoristas, también es esencial comprender cómo funcionan los modelos de negocios en esta industria y cómo pueden afectar la experiencia del cine para los cinéfilos.
Why Does Popcorn Cost So Much at the Movies? An Empirical Analysis of Metering Price Discrimination
Spatial Competition in Retail Markets: Movie Theaters
Resolución n.°0219-2018/SPC-INDECOPI
Peru consumer agency wins case against movie theaters over popcorn
Why does popcorn at the movies cost so much?
Poder Judicial dio la razón a Indecopi en disputa por entrada a cines con alimentos
Expediente 0365-2018-0-1801-JR-CI-11