Newsletter
Suscríbete a nuestro Newsletter y entérate de las últimas novedades.
https://centrocompetencia.com/wp-content/themes/Ceco


En un reciente trabajo, y a propósito del estudio de mercado realizado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), el profesor y abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Andrés Bernasconi, analiza la interacción entre la institucionalidad de libre competencia y el sistema educacional, así como el estudio de mercado de la FNE. Esta nota se enfoca en la parte del artículo que describe la interacción entre el sistema de educación superior y la institucionalidad de libre competencia (el estudio de mercado de la FNE es tratado en profundidad en la nota CeCo “Estudio de Mercado: La FNE comparte sus apuntes sobre las instituciones de educación superior”).
Como relata Bernasconi, no está del todo claro que a las instituciones de educación superior deberían aplicárseles las normas de competencia:
Por otro lado, y en parte como resultado de la intervención estatal, mediante mecanismos como la gratuidad, los subsidios, la regulación de aranceles y los mecanismos de financiamiento cruzado, se ve limitada la capacidad de los precios para reflejar información relevante. Por ello, la discusión también dice relación con determinar hasta qué punto la educación superior puede comprenderse mediante categorías económicas sin desconocer su función social y cultural. Así, existiría una tensión entre comprender las universidades como instituciones sociales o públicas, o comprenderlas como «empresas» comerciales y a los estudiantes como consumidores.
Sin embargo, el derecho de la competencia estaría ganando terreno en sectores que antes se consideraban exentos de este tipo de escrutinio, como la educación superior. En tal línea, Bernasconi relata cómo en EE.UU., tras la introducción de la Sherman Act, las cortes entendían que la educación superior no era el tipo de “comercio” (en el lenguaje de la Sherman Act) sujeto a las disposiciones de libre competencia, no solo porque no era un negocio, sino también porque los acuerdos entre universidades no podían ser perjudiciales, ya que estaban motivados por objetivos sociales (como la diversidad o la accesibilidad económica) en lugar del lucro. Dicho aquello, con el tiempo se habría evolucionado desde esa posición, pues la Corte Suprema de EE.UU. pasó a sostener la posición de que las organizaciones sin fines de lucro no eran inmunes per se al escrutinio de libre competencia.
Bernasconi señala que el argumento a favor de aplicar la legislación de competencia cuando las instituciones de educación superior tienen fines de lucro parece bastante claro: se trataría, a fin de cuentas, de entidades comerciales y, como tales, deberían estar sujetas a las mismas reglas aplicables a otras empresas de ese tipo. Dicho aquello, el autor subraya que es una condición excepcional que una Universidad tenga fines de lucro. Por lo general, las universidades no son negocios, y sus funciones principales no son de naturaleza comercial. Por ello, Bernasconi se pregunta si el carácter sin fines de lucro de las instituciones de educación superior y sus objetivos no comerciales son suficientes para eximirlas del escrutinio de libre competencia.
Respecto de esta pregunta, Bernasconi, siguiendo a Gideon, señala que el concepto jurídico de «servicios de interés económico general» puede extender su alcance a la educación superior a medida que esta adopta cada vez más elementos comerciales. Por ello, a medida que las instituciones de educación superior se vuelven más emprendedoras (entrepeunurial), sus operaciones comerciales pueden quedar bajo el ámbito de aplicación de estas regulaciones.
En suma, Bernasconi concluye que el análisis de competencia de la educación puede iluminar áreas de preocupación, como ha ocurrido en Chile, pero no es la única herramienta a través de las cuales se debe evaluar su contribución social. Sin embargo, mientras existan dimensiones de la educación superior que operen a través de mercados o mecanismos similares, tiene sentido, en interés de los estudiantes, de las demás partes interesadas y de las propias instituciones, tomarse los mercados en serio y fomentar su potencial para mejorar los resultados mediante competencia. Así, mejorar la transparencia, diseñar y comunicar eficazmente los indicadores de éxito de los estudiantes y graduados son aspectos clave no solo para informar la toma de decisiones, sino también para ayudar a los sistemas de educación superior a demostrar su valor social y económico, y apuntalar su sostenibilidad a largo plazo.
Regístrate de forma gratuita para seguir leyendo este contenido
Contenido exclusivo para los usuarios registrados de CeCo