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España: CNMC sanciona colusión en el mercado de servicios de bases de datos

9.08.2023
CeCo Chile
8 minutos
Claves
  • En julio de 2023, la CNMC condenó por colusión a 2 empresas (INFORMA y BvD) por repartirse clientes y fijar precios en la comercialización de servicios financieros y económicos entre septiembre del 2002 y julio del 2021.
  • Los principales clientes de estas empresas son consultoras, estudios de abogados, empresas del sector inmobiliario, entre otras.
  • Ambas empresas se acogieron al Programa de Clemencia, y la multa que impuso la autoridad fue eximida para BvD (primer delator) y reducida en un 30% para INFORMA (segundo delator).
Keys
  • On July 4th, 2023, the CNMC condemned 2 companies (INFORMA and BvD) for collusion, due to dividing clients and setting prices in marketing financial and economic services, between September 2002 and July 2021.
  • The main clients of these companies are consulting firms, law firms, and real estate sector companies, among others.
  • Both companies availed themselves of the Leniency Program, and the fine imposed by the authority was waived for BvD (first whistleblower) and reduced by 30% for INFORMA (second whistleblower).

El 4 de julio del 2023, la Sala de Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), autoridad de competencia española, publicó su Resolución S/0002/21 (en adelante, “la Resolución”), en donde condena por colusión a 2 empresas, INFORMA D&B (“INFORMA”) y Bureau Van Dijk Publicaciones Electrónicas (“BvD”) por la repartición de clientes y la fijación de precios y descuentos cobrados a estos mismos.

INFOMRA y BvD entregan servicios B2B (business-to-business) relacionados con bases de datos sobre información empresarial. Los clientes que demandan este tipo de productos —y potencialmente los afectados directos de la colusión— suelen ser entidades financieras, aseguradoras, auditores, economistas, consultaras, estudios de abogados y empresas del sector inmobiliario, energía o transporte.

Estas empresas contratan una suscripción que les entrega acceso a una parte o la totalidad de una base de datos determinada. Además, los clientes pueden contratar “créditos”, que permiten el acceso del usuario a una determinada base de datos en un régimen de “pago por uso”.

El cártel operó desde septiembre del año 2002 hasta julio del 2021, momento en que la CNMC allanó las oficinas de INFORMA. Ambas empresas se acogieron al Programa de Clemencia. En base a esto, BvD fue eximida de la multa (por ser el primer delator), y a INFORMA se le redujo la multa impuesta en un 30%.

Empresas involucradas

BvD es una empresa española cuyo objeto social es la edición electrónica sobre todo tipo de soportes, constitución y mantenimiento de bases de datos. Esta empresa ofrece programas informáticos, servicios de asesoramiento e investigación para el análisis crediticio y económico, y la gestión de riesgos financieros. En agosto del 2017, la controladora de BvD (BvD Group) vendió su participación de Moody’s (calificadora financiera estadounidense).

Por otro lado, INFORMA es una empresa española constituida en 1992. El accionista único de INFORMA es la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE). Esta última empresa tiene domicilio social en Madrid y su controlador principal es el Estado español.

En relación con la “producción de este producto”, existen tres etapas, y ambas empresas participan en toda la cadena de valor. La primera consiste en la obtención de datos de carácter económico, que se realiza en base a información pública (distribuida por organismos gubernamentales o estatales) e información privada (que pueden aportar empresas mediante convenios o compra directa).

En la segunda etapa, INFORMA y BvD realizan un tratamiento automatizado de estos datos. Finalmente, en la tercera etapa, las empresas comercializan esta información, entregando distintos tipos de servicios económicos y financiaros a terceros (bancos, consultoras, etc.).

Como se deja constatar en la Resolución de la CNMC, las prácticas colusorias se realizaron en el mercado aguas abajo, es decir, en la prestación de servicios económicos y financieros a terceros (comercialización del producto). Los principales programas que comercializan ambas empresas son: (i) Sistema de Análisis de Balances Ibéricos (SABI), con información de empresas españolas, (ii) AMADEUS, con información de empresas europeas, y (iii) ORBIS, con información de empresas a nivel mundial.

Respecto a las cuotas de mercado de cada empresa, INFORMA es el líder en la comercialización de estos productos con un [60-70%] de participación. Por su parte, BvD es un actor más bien pequeño, y tiene entre [0-10%] de participación. Según la CNMC, los rivales afectados por la infracción serían: IBERINFORM ([20-30%]), y AXESOR ([10-20%]), quienes no eran miembros del cartel.

Hechos relevantes

Ambas empresas declararon que sus relaciones comerciales comenzaron en a la década del 90. En concreto, el 24 de diciembre de 1993, INFORMA y BvD firman un acuerdo para la publicación y distribución de un CD-ROM que contenía información detallada de 120 mil empresas europeas.

Según lo indicado en el contrato, el CD-ROM que contenía información sobre las bases de datos lo desarrollaba INFORMA, y BvD tenía el derecho exclusivo de distribución en España. Luego, el 12 de septiembre del 1995, ambas empresas firman un segundo acuerdo donde se comprometen a coeditar en común un CD-ROM con las cuentas y balances de las empresas españolas.

Hasta esta fecha, INFORMA se encargaba de la comercialización del producto (CD-ROM) en el mercado español. Sin embargo, a inicios del 2000, BvD anuncia su intención de iniciar la comercialización en España del producto de coeditaban (hasta la fecha, solo comercializaba el CD-ROM con información de empresas europeas).

Ante esto, el 16 de septiembre del 2002, los directores ejecutivos de ambas empresas se reunieron, alcanzando un acuerdo que afectaría la comercialización del producto regional de titularidad conjunta (SABI) y los productos internacionales que BvD tiene bajo su dominio (AMADEUS y ORBIS).

En esta reunión, ambos ejecutivos adoptaron un “pacto de no agresión” (en las declaraciones de las empresas, “pacto de caballeros”), que implicaba no negociar con clientes (actuales o potenciales) de la otra empresa. Además, en la misma reunión, se fijaron descuentos y precios de venta sobre los productos que comercializarían.

En junio del 2017, la Comisión Europea aprueba la adquisición por parte de Moody’s Corporation de BvD Group, pasando a ser Moody’s el controlador principal de BvD (al respecto, ver Resolución M.8537)

El 10 de julio del 2019, Moody’s Corporation (controladora de BvD) presentó ante la CNMC una solicitud de exención de pago de multa por su participación en un posible cártel de coordinación de precios y reparto de clientes para la venta de suscripciones de productos de información sobre empresas en España. Según lo que indicó Moody’s en su momento, este cártel operó —al menos— desde principios de la década del 2000.

Producto de lo anterior, en junio del 2021, la CNMC realiza un allanamiento a las oficinas de INFORMA, poniendo fin, definitivamente, a la ejecución del acuerdo que tenían ambas empresas desde el año 2002.

Los acuerdos anticompetitivos

En la Resolución de la CNMC, se deja ver que ambas empresas coinciden, aunque con algunos matices, en los elementos esenciales de la conducta anticompetitiva.

Sostenibilidad del acuerdo

La evidencia recopilada por la CNMC indica que BvD e INFORMA intercambiaban periódicamente, a través de correos electrónicos o reuniones, sus listados de clientes y los precios que cobraban por sus servicios.

Sin embargo, los primeros problemas surgieron el 2004. En ese momento, INFORMA le comenta a BvD su preocupación por la no renovación de los clientes de la suscripción de SABI, y que éste sea sustituido por algún producto internacional (p. ej., AMADEUS u ORBIS).

Ante esta situación, ambas empresas deciden que la venta de productos internacionales por parte de BvD, a clientes que ya disponen de SABI, quede condicionada a la continuidad de la suscripción a este último. En otras palabras, BvD podía incentivar al cliente a mantener la suscripción de SABI con INFORMA (ofreciendo descuentos), aun cuando su información fuera entregada por los productos internacionales.

El 2 de junio del 2010, se establece un nuevo sistema de colaboración para la comercialización de productos internacionales (AMADEUS y ORBIS). En el acuerdo, se limitan las posibilidades de INFORMA para negociar con clientes y determinar el precio de los productos internacionales. Por lo tanto, desde que se establece este acuerdo, INFORMA solo sería comercialmente independiente para vender SABI.

Para sostener este acuerdo, INFORMA debía comunicar a BvD cuando algún cliente “mostrase interés” sobre los productos internacionales. Si dicho cliente no tiene una relación previa con BvD, para efectos de la comisión por venta, sería considerado como cliente captado por INFORMA.

De acuerdo con la Resolución, la sostenibilidad del acuerdo se mantuvo relativamente estable y, en caso de discrepancias —por las relaciones de los vendedores de la empresa “A” con clientes de la empresa “B”—, estas eran resueltas mediante correo electrónico o reuniones.

Sin embargo, luego de la adquisición de BvD Group por parte de Moody’s, las mismas partes dejan ver que las recomendaciones del departamento jurídico (de BvD) no les permite seguir intercambiando información sobre clientes y descuentos aplicados con INFORMA.

En concreto, el nuevo código de conducta implementado por Moody’s en BvD supuso un obstáculo al seguimiento del acuerdo en cuanto a la vinculación de las ofertas de los productos internacionales de BvD.

Fin del acuerdo

El 10 de julio del 2019, Moody’s se acoge al Programa de Clemencia de la CNMC. En paralelo, pese a la reticencia de BvD de seguir entregando información, INFORMA indica en un correo electrónico “(…) deberíamos continuar con nuestras prácticas habituales sin ningún cambio” (pár. 167, la Resolución).

Pese al distanciamiento que mostró BvD luego de la adquisición por parte de Moody’s, INFORMA siguió cumpliendo el acuerdo y no ofertó a clientes de BvD. Del mismo modo, continuó reportando su lista de clientes para que ésta no coincidiera con los de BvD.

En junio del 2021, la Dirección de Competencia de la CNMC realizó un allanamiento a la sede de INFORMA, poniendo fin, de forma definitiva, a la ejecución del acuerdo adoptado en 2002.

Las sanciones

Finalizada la investigación de la CNMC, e incluyendo las declaraciones de las empresas, es posible constatar en la Resolución que no existen discrepancias entre las empresas y la Sala de Competencia en cuanto a la calificación de cártel de las conductas analizadas.

Además, las pruebas recolectadas evidencian que el plan diseñado entre ambas empresas pretendía evitar que, con la entrada de BvD al mercado español, se produjera una intensa competencia entre ellas por la captación de clientes.

Una de las pocas discrepancias que tuvo la Sala de Competencia con las declaraciones de las empresas fue sobre la culpabilidad. En efecto, el artículo 63.1 de la Ley de Competencia española (LDC) condiciona la potestad sancionadora de la autoridad a que la concurrencia en el sujeto infractor sea por dolo o negligencia de la conducta imputada, es decir, que exista intencionalidad.

INFORMA señaló que no era consciente de la ilicitud de sus conductas, y mencionó la posible exención presente en el Reglamento 1218/2010 de la UE para casos de comercialización conjunta en algunas categorías determinadas.

Sin embargo, el contenido literal de los acuerdos, y el “pacto de caballeros” a los que las mismas empresas hacen referencia, además de la clara intención de evitar competir por clientes actuales y potenciales, llevaron a la Sala de Competencia a desestimar la posición de INFORMA.

BvD fue declarada culpable de colusión desde el año 2002 hasta julio del 2019, momento en que Moody’s se acoge al Programa de Clemencia. Por su parte, INFORMA es declarada culpable desde el año 2002 hasta junio del 2021, momento en que la CNMC allanó las oficinas.

Por su parte, también se declara culpable, bajo el artículo 61.2 de la LDC, a las empresas o personas que controlan a la infractora directa —excepto cuando su comportamiento económico no venga determinado por alguna de ellas—.

Es así como Moody’s fue declarada responsable solidariamente de BvD desde agosto del 2017 (momento que adquiere a BvD) hasta julio del 2019 (momento en que se acoge al Programa de Clemencia). Por su lado, CESCE, al tener más del 50% de INFORMA, y ser su único accionista desde el 2017, también fue declarada responsable por el actuar de su filial. Ninguna de estas empresas matrices refutó su responsabilidad.

INFORMA fue multada con el 7,8% del volumen de negocios en el mercado afectado. Como el volumen del mercado afectado en el periodo de la infracción (septiembre 2002/junio 2021) corresponde a 64,1 millones de euros, la multa a pagar por INFORMA fue calculada en 5,08 millones de euros. Sin embargo, dado su cooperación en la investigación, y que se acogió al Programa de Clemencia, esta fue reducida en un 30%, alcanzado un monto final de 3,5 millones de euros.

Por el lado de BvD, al ser el primer delator y entregar la información necesaria para desmantelar el cartel, se eximió totalmente de la multa, que fue calculada en un 6,4% (236 mil euros) del volumen total del periodo (34,4 millones de euros).

Finalmente, el artículo 71.1 b) de la Ley 9/2017, que regula los contratos con el sector público, dispone que quedan sujetas a prohibición de contratar con las entidades que formen parte del sector público las personas que hayan sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de competencia.

No obstante, el artículo 72.5 de la LCD indica que esta prohibición no aplicará para aquellas empresas que se hayan acogido al Programa de Clemencia. Así, la Sala de Competencia levantó esta prohibición y las empresas no serán sancionadas por esta vía.

Enlaces relacionados:

Resolución S/0002/21 – Sala de Competencia (CNMC).

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