Suscríbete a nuestro Newsletter y entérate de las últimas novedades.
La FNE aprobó en Fase I, de manera pura y simple, la adquisición de control de las filiales de Enjoy por parte de Avla, WEG y BTG. Esto, tras descartar traslapes horizontales, verticales y efectos de conglomerado en los mercados de operación de casinos y servicios anexos.
La FNE aprobó, de manera pura y simple, la adquisición de Ferrón Chile y Trace por parte de Elementa, tras verificar que la operación no implicaría riesgos de carácter vertical.
El TDLC, en su Informe 35/2024, aprobó la solicitud de ReSimple para modificar las bases de licitación relativa a la contratación de servicios de manejo de residuos. Esto, en el marco de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor.
La FNE aprobó, de manera pura y simple, la adquisición de control conjunto de Colgram por parte de Contémpora y el Grupo Lührs, al constatar que la operación no implicaría riesgos de carácter horizontal, vertical o de conglomerado.
TDLC aprueba acuerdo de la FNE con Sociedad de Inversiones, Comercializadora e Inmobiliaria ATB S.A. (“ATB”) con el objeto de poner término a la investigación iniciada, acordando una serie de medidas para mitigar los riesgos a la competencia derivados de prácticas anticompetitivas en el mercado de servicios prestados por terminales de buses y el transporte de pasajeros.
El TDLC acogió la demanda presentada por Ferrovial en contra del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, fundada en la descalificación de su oferta en una licitación. El Tribunal concluyó que el acto denunciado infringió el artículo 3 inciso primero del D.L N°211, al considerarlo discriminatorio y arbitrario. En consecuencia, impuso al Coordinador el pago de una multa de 500 UTA a beneficio fiscal, además de ordenar el pago de las costas.
La FNE aprobó en Fase 1, de manera pura y simple, la adquisición del control de las filiales de Compass Group por parte de Newrest. Esto, tras descartar riesgos horizontales en los mercados de servicios de alimentación institucional y servicios complementarios en Chile.
El TDLC acogió la demanda presentada por Inmobiliaria Power Center e Inversiones Magallanes SpA (Pasmar) contra Inmobiliaria Mall Plaza de los Ríos, Inmobiliaria Tres Ríos y Jean Jano Kourou (Grupo Jano), por infracción a la letra c) del inciso segundo del artículo 3° del DL 211 (prácticas de competencia desleal consistente en el ejercicio abusivo de acciones).
El TDLC acoge consulta de la FNE sobre contratos de operación conjunta entre Copec, Enex y Esmax, declarando que los contratos de operación conjunta entre competidores no infringen el D.L. Nº 211, siempre y cuando se cumpla con las medidas conductuales impuestas por la autoridad.
Regístrate de forma gratuita para seguir leyendo este contenido
Contenido exclusivo para los usuarios registrados de CeCo
Si te interesa colaborar con nosotros, proponer sugerencias o contactarnos, déjanos tus comentarios a continuación: