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TDLC propone al Presidente de la República el patrocinio de un proyecto de ley que permita a los particulares constituir servidumbres legales para la instalación de nuevos oleoductos.
TDLC resuelve que la materia debe ser resuelta, a petición de que quien se sienta agraviado, en las instancias jurisdiccionales que correspondan. Sin perjuicio de lo anterior, el Tribunal declara que, la sociedad consultante puede, legítimamente, importar directamente productos auténticos y originales de la marca Chevron.
TDLC resuelve dejar sin efecto, en su parte pertinente, el Dictamen de la CPC que recomendaba la consulta de las bases de las licitaciones públicas para el desarrollo de las actividades de recolección, transporte y tratamiento final de la basura. Recomienda a las municipalidades del país remitir a la Fiscalía Nacional Económica copia de las bases de las licitaciones públicas, antes del inicio del proceso de licitación. Por último, se aprueban las bases objeto de la consulta.
Concesionaria Chucumata solicita se le autorice negociar en trato directo y suscribir contratos de subconcesión con los prestadores de servicio de transporte mediante taxis de turismo, del Aeropuerto Diego Aracena de Iquique. El TDLC rechaza la consulta: lo que procede es elaborar nuevas bases, a fin de que sean aprobadas previamente por el mismo Tribunal.
TDLC rechaza demanda de Nestlé Chile en contra de Masterfoods por supuestas prácticas de competencia desleal, específicamente, publicidad engañosa de comida para mascotas.
TDLC rechaza denuncia en contra del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que impugnaba las bases públicas de licitación para otorgar concesiones de plantas de revisión técnica. La exigencia de que los proponentes sean personas jurídicas no es una barrera a la entrada que afecte la libre competencia.
TDLC acoge denuncia de Laboratorio Lafi contra Laboratorio Novartis por competencia desleal, por desplegar campaña publicitaria comparativa para desacreditar medicamento del denunciante. Novartis es condenado al pago de multa de 200 UTM.
TDLC acoge las reclamaciones de Loncoleche (Watt's) y Soprole en contra de dictamen de Comisión Preventiva y requerimiento de la FNE que acusaba a procesadoras por reparto de mercado, acuerdo de precio y negativa de compra. De todas maneras, condena a Nestlé por discriminación arbitraria y dispone medidas en mercado de compra y procesamiento de leche.
TDLC archiva investigación iniciada de oficio por Comisión Resolutiva, ya que la materia (conductas de supermercados e hipermercados) estaba siendo conocida en un procedimiento contencioso, del cual derivó la Sentencia N°9.
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