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TDLC acoge las reclamaciones de Loncoleche (Watt's) y Soprole en contra de dictamen de Comisión Preventiva y requerimiento de la FNE que acusaba a procesadoras por reparto de mercado, acuerdo de precio y negativa de compra. De todas maneras, condena a Nestlé por discriminación arbitraria y dispone medidas en mercado de compra y procesamiento de leche.
TDLC archiva investigación iniciada de oficio por Comisión Resolutiva, ya que la materia (conductas de supermercados e hipermercados) estaba siendo conocida en un procedimiento contencioso, del cual derivó la Sentencia N°9.
TDLC desestima acción en contra de Editorial por prácticas comerciales de descuentos. Una denuncia, por sí sola, no permite al TDLC formarse la convicción de una conducta ilícita.
TDLC propone al Presidente de la República, por medio del Ministerio de Obras Públicas, la modificación de la normativa pertinente, a fin de evitar toda discriminación entre instaladores, independientemente de su naturaleza.
TDLC aprueba bases de licitación propuestas por Municipalidad de Puente Alto para servicios de recolección, limpieza, lavado, transporte y descarga intermedia o final de los residuos de ferias libres de la comuna.
TDLC afirma que no se pueden iniciar procedimientos por medio de una solicitud de interpretación de Dictamen de Comisión Preventiva Central.
TDLC acoge solicitud de la FNE de modificar norma del DFL 382/1988 del Ministerio de Obras Públicas, por ser discriminatoria. La norma exime de pago de ciertos permisos municipales a titulares de concesión o sus mandatarios, que otros instaladores de servicios sanitarios sí deben soportar.
TDLC confirma Dictamen de la Comisión Preventiva Central reclamado por ACHS e IST. No es procedente que las Mutualidades de Empleadores rechacen la adhesión de algunas empresas sin expresión de causa, o motivadas por el escaso número de trabajadores, la entidad de sus sueldos o sus tasas de siniestralidad.
Después de revisar la solicitud de la FNE sobre la facilitación de la transferencia de gas entre empresas y la creación de un procedimiento de resolución de controversias en este contexto, el TDLC concluyó que no es apropiado regular la transferencia obligatoria de estanques de GLP entre empresas ni establecer regulaciones de precios para estas transferencias.
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