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El TDLC acoge la demanda de indemnización de perjuicios presentada por Club Deportes Melipilla S.A.D.P. en contra de la ANFP, al determinar que el cobro de la cuota de incorporación para ascender a la Primera B constituyó un daño emergente indemnizable. El Tribunal rechazó la excepción de incompetencia alegada por la ANFP y estableció que el perjuicio ascendía a 23.000 UF, condenando a la ANFP a su pago con costas.
El TDLC rechazó la demanda interpuesta por Actis y El Pelícano en contra de Transelec, al no haberse demostrado la imposición de un esquema contractual a las demandantes, pues la negativa a modificar las cláusulas por parte de Transelec se justificaba debido a los derechos que obtuvo a través de una negociación libre y legítima.
La FNE aprobó en Fase I, de manera pura y simple, la adquisición del control en filiales de Derco Inversiones SpA por parte de Avant Inversiones y Servicios SpA, tras verificar que la Operación no resulta apta para reducir sustancialmente la competencia.
La FNE aprobó, de manera pura y simple, la adquisición por parte de DSV A/S de Schenker AG, tras verificar que su perfeccionamiento no implicaría una reducción sustancial de la competencia en los mercados de freight-forwarding y logística de contratos.
La FNE aprobó, de manera pura y simple en fase I, la asociación entre Sacyr Concesiones SpA y Cointer Chile S.A., tras comprobar que la Operación no generaría riesgos sustanciales para reducir la competencia en los mercados analizados.
La FNE aprobó en Fase I, de manera pura y simple, la adquisición de control de las filiales de Enjoy por parte de Avla, WEG y BTG. Esto, tras descartar traslapes horizontales, verticales y efectos de conglomerado en los mercados de operación de casinos y servicios anexos.
La FNE aprobó, de manera pura y simple, la adquisición de Ferrón Chile y Trace por parte de Elementa, tras verificar que la operación no implicaría riesgos de carácter vertical.
El TDLC, en su Informe 35/2024, aprobó la solicitud de ReSimple para modificar las bases de licitación relativa a la contratación de servicios de manejo de residuos. Esto, en el marco de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor.
La FNE aprobó, de manera pura y simple, la adquisición de control conjunto de Colgram por parte de Contémpora y el Grupo Lührs, al constatar que la operación no implicaría riesgos de carácter horizontal, vertical o de conglomerado.
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