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TDLC propone modificaciones normativas destinadas a fomentar la competencia en mercados de servicios asociados al suministro de energía eléctrica.
TDLC propone modificaciones normativas destinadas a desarrollar un mercado secundario de espectro radioeléctrico.
TDLC deroga la regla del Decisorio I, letra b) de la Resolución N° 389 de la Comisión Resolutiva, por ser una regulación innecesaria y aprueba la operación de concentración entre Telefónica Larga Distancia y Telefónica Chile sin condiciones, considerando que no existían riesgos adicionales para la libre competencia.
TDLC acoge requerimiento de la FNE y condena a Pullman, RVC (Alejandro Cabello R.) y Atevil por fijación concertada de precios y reparto de frecuencias en transporte público de pasajeros de ruta Santiago-Curacaví; y a Pullman y RVC también por colusión para la ruta Santiago-Lo Vásquez. El fallo fue confirmado por la Corte Suprema.
TDLC rechaza demanda en contra del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones por haber permitido la participación de empresas relacionadas en licitación para operar plantas de revisión técnica de vehículos en Región Metropolitana. Aun cuando la participación de empresas relacionadas pueda infringir las bases, no necesariamente constituye un ilícito de libre competencia. En este caso no se acreditó infracción alguna que haya afectado la libre competencia en el mercado.
TDLC rechaza demanda en contra del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones por haber permitido la participación de empresas relacionadas en licitación para operar plantas de revisión técnica de vehículos en Región de O'Higgins. Aun cuando la participación de empresas relacionadas pueda infringir las bases, no necesariamente constituye un ilícito de libre competencia. En este caso no se acreditó infracción alguna que haya afectado la libre competencia en el mercado.
TDLC acoge parcialmente requerimiento de la FNE y condena a compañías de buses Pullman y Bahía Azul por acordado aumentar tarifas del servicio en la ruta Santiago-Cartagena entre noviembre de 2009 y enero de 2010. Aunque estaban incluidos en requerimiento de la FNE, Tribunal descarta la participación de Bupesa y Andrade en las reuniones.
TDLC aprueba acuerdo entre FNE, Contitech y Veyance para mitigar riesgos de carácter exclusorio identificados en operación de concentración entre EPD y South Acquisition.
La FNE requiere a tres compañías de buses interurbanos por la ejecución de dos acuerdos colusorios para alzar los precios de pasajes en la ruta que une las ciudades Copiapó y Caldera: uno durante el año 2010 y otro en 2011. TDLC da por acreditado sólo el segundo acuerdo pero, tras recurso de reclamación de la FNE, la Corte Suprema también da por probado el primer acuerdo y aumenta las multas.
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