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La SCE investigó a Posamiconstru, Gloria Cadena y a Verónica Fogacho por acuerdo colusorio horizontal en procedimientos de contratación pública, afectando directamente a las entidades públicas contratantes e indirectamente al Estado de Ecuador. La Comisión sanciona a las partes demandadas.
La CRPI acoge la demanda de Red Transaccional Cooperativa S.A. en contra de Banred S.A. sancionando a esta última por imposición de condiciones desproporcionadas y prácticas exclusorias que derivaban en una disminución de la participación de mercado de los competidores.
La SCE realizó una investigación en contra de Rey Lacteos C.L., por el presunto cometimiento de actos de engaño mediante el empaque de sus productos LETRUIT y VENTURA. La CRPI concluyó que el empaque de VENTURA era idóneo para generar error en el consumidor, por lo que el operador fue sancionado.
La CRPI decidió archivar el requerimiento de la SCE en contra de Ecuatoriana de Productos Químicos C.A., luego de concluir que la información emitida por el ARCSA, acerca del registro sanitario de un producto que no coincide con sus características, no sea imputable a los operadores económicos.
La CRPI decidió archivar el proceso en contra de Procesadora Nacional de Alimentos C.A., luego de concluir que la información emitida por el ARCSA, acerca del registro sanitario de un producto que no coincide con sus características, no sea imputable a los operadores económicos.
La CRPI decidió archivar el proceso en contra de Servicio Integral para la Industria Alimenticia S.A., luego de concluir que la información emitida por el ARCSA, acerca del registro sanitario de un producto que no coincide con sus características, no sea motivo de sanción para los operadores económicos.
La CRPI decidió archivar el proceso en contra de Veconsa S.A., luego de concluir que la información emitida por el ARCSA, acerca del registro sanitario de un producto de Veconsa S.A. que no coincide con sus características, no sea motivo de sanción para los operadores económicos.
La CRPI decidió archivar la investigación de oficio de la SCPM en contra de Ecuavegetal S.A., luego de determinar que la información emitida por el ARCSA, acerca del registro sanitario de un producto de Veconsa S.A. que no se condice con sus características, no sea imputable a los operadores económicos.
La CRPI declaró la nulidad de las actuaciones efectuadas por la Superintendencia de Competencia Económica en contra de Distribuidora Farmacéutica Ecuatoriana Difare S.A. por presuntas prácticas anticompetitivas de abuso de poder de mercado.
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